Page 40 - REVISTA PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO
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Insolvencia
                                                              Cuando la DIAN encuentre que el contribuyente, tenía bienes que,
                                                              dentro del procedimiento administrativo de cobro, no aparecieren
                                                              como base para la cancelación de las obligaciones tributarias y se
                                                              haya  operado  una  disminución  patrimonial,  podrá  declarar
                                                              insolvente al deudor.
                                                              No se admite disminución patrimonial cuando:


                                                              Enajenación  de  bienes  hecha  a  parientes  el  cuarto  grado  de
                                                              consanguinidad,  su  cónyuge,  realizadas  con  posterioridad  a  la
                                                              obligación fiscal.

                                                              Separación  de  bienes  de  mutuo  acuerdo,  venta  de  acciones  o
                                                              partes que coticen  en la bolsa por un valor por debajo del costo
                                                              fiscal, enajenación del establecimiento por valor inferior al 50% del
                                                              valor  comercial,  abandono,  ocultamiento,  enajenación  de  otro
                                                              medio.

                                                              Declarar insolvencia conlleva a que las personas naturales ejerzan
                                                              comercio por  cuenta  propia  o  ajena;  las  personas  jurídicas
                                                              suspenderán  a  sus  administradores  o  representante  legales  y  la
                                                              inhabilitación para ejercer comercio por cuenta propia







          La  DIAN  declarará  insolvencia  mediante  resolución y  el
          contribuyente tendrá 1 mes para su apelación.

          Los  empleados  del  Estado  que  tengan  un  incremento
          patrimonial que no puedan explicar, perderán su puesto.

          Los notarios que violen lo dispuesto en el inciso 2 del Art
          278,  serán  sancionados  por  la  Superintendencia  de
          Notariado y Registro, con una multa equivalente al 5%

          Los notarios que autoricen escrituras o traspasos sin que se
          acredite la cancelación del impuesto retenido, tendrán una
          multa por el doble del valor que debió ser cancelado




                                                                                                              Art.
                                                                                                              669
                                                                                                              670
                                                                                                              671
                                                                                                              671.1
                                                                                                              671.2
                                                                                                              673.3
                                                                                                              673.1
                                                                                                              673
                                                                                                              672
   35   36   37   38   39   40   41   42   43   44   45