Page 28 - REVISTA PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO
P. 28
Art.
634
635
Intereses Moratorios
Contribuyentes, agentes Los valores de impuestos,
retenedores o responsables anticipos o retenciones,
de los impuestos, que no determinados por la DIAN
cancelen los impuestos, en la corrección de la
anticipos y retenciones a su Se pagaran declaración causará interese
cargo, deberán liquidar y intereses de mora a partir del
pagar int. moratorios por moratorios siguiente día al
cada día calendario cuando: vencimiento.
Cuando no se efectúen las
Después de 2 años contados a consignaciones de los impuestos
partir de la fecha de admisión de la dentro del término liquidados
demanda ante la Jurisdicción de lo diariamente a la tasas de mora, sobre
Contencioso Administrativo, se el monto no consignado, desde el día
suspenderán los intereses de que se debió consignar. Cuando la
moratorios a cargo del casilla de pago total del formulario no
contribuyente y los int corriente a coincida con el valor real que figura en
este los int. de mora se liquidaran al
cargo de la DIAN, hasta la fecha en doble de la tasa prevista en este
que quede ejecitoria kla articulo
providencia definitiva
El interés moratorio se liquidara diariamente a la tasa de interés que sea equivalente a la tasa de
usura vigente, menos (2) puntos. Se publicara en la web de la DIAN