Page 10 - ESTATUTOS Diciembre 2020 corregido
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Universidad Nacional Agraria
SINDICATO DE PROFESIONALES DOCENTES
SIPD – UNA
SIPD - UNA
Arto 9. El sindicato está obligado: Llevar con exactitud, sellado y registrado por
el Departamento de Asociaciones Sindicales del Ministerio del trabajo (MITRAB) los
siguientes libros:
1. LIBRO del registro de miembros
• Elaborar y mantener actualizado el expediente de los afiliados con expresión de
nombre y apellidos, profesión, ubicación en el centro de trabajo, años de
servicios, y lo establecido en el Título I, Artículo 2.
• En él se ira inscribiendo a los docentes que ingresen al Sindicato y anular al que
deje de pertenecer al SIPD – UNA.
• Registro de agremiados a los que el SIPD – UNA brinde; reconocimientos,
faltas, sanciones, razones de retiro de la afiliación.
2. LIBRO de actas y acuerdos
• Registrar el libro de Actas y Acuerdos en el Departamento de Asociaciones
Sindicales del Ministerio del trabajo
• Certificar las actas de las reuniones asambleas ordinarias y extraordinarias,
firmadas por el Secretario General y Secretario de Organización.
• Registrar las actas de reuniones ordinarias y extraordinarias del SIPD- UNA,
certificadas por el Secretario general y Secretario de actas y acuerdos en
funciones, después de aprobadas por los miembros convocados a las
reuniones.
• Registro de actas de los cambios de las autoridades del SIPD – UNA,
legalmente electas y los movimientos en sus direcciones por razones
justificadas ajustadas a derecho y lo establecido en el presente ESTATUTO.
3. LIBRO de finanzas
• Registrar el ingreso y el egreso. Todo movimiento económico
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