Page 11 - ESTATUTOS Diciembre 2020 corregido
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Universidad Nacional Agraria

                                   SINDICATO DE PROFESIONALES DOCENTES
                                                          SIPD –   UNA



                                                                                                   SIPD - UNA

                     • Registrar las gestiones económicas en beneficio del gremio

                     • Registrar  donaciones,  aportes  al  SIPD  -  UNA  por  parte  de  organizaciones,
                      afiliados, universidad y otras entidades.

                     • Registrar resultados de auditorías y escrutinios económicos cada vez que sea

                      meritorio


                  Arto 10. Prohibiciones en el SIPD - UNA

                      El Sindicato tiene prohibido;
                     a)  Realizar propaganda lesiva contra los estatutos y al gremio sindical.

                     b)  Asociarse a organismos, Federaciones, Confederaciones nacionales o
                           Internacionales que correspondan a intereses contrarios a la naturaleza del

                           gremio.
                     c)  Admitir en el Sindicato, trabajadores que no laboran en la institución.

                      d)  Admitir en el Sindicato trabajadores que no cumplan con los requisitos para

                         ser miembro de este gremio (Articulo 2)
                      e)  Violar el presente estatuto y acuerdos de la Asamblea General de afiliados.

                      f)  Implementar medidas de recaudación sin consultar a los agremiados.
                     Arto 11.- Derechos del SIPD – UNA.

                     El sindicato tiene derecho a;
                     a)  Elaborar  su  Estatuto  y  reglamentos  sin  contradicciones  con  las  leyes

                     establecidas.

                     b)  Organizar sus planes de trabajo.
                     c)  Elegir sus representantes.

                     d)  Implementar su metodología organizativa, administrativa, definición de sus

                     actividades  y programas  de  acción,  siempre  y  cuando  sea  en  beneficio de  la
                     organización y sus agremiados.


                  TÍTULO III. EL GOBIERNO DEL SINDICATO


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