Page 16 - ESTATUTOS Diciembre 2020 corregido
P. 16
Universidad Nacional Agraria
SINDICATO DE PROFESIONALES DOCENTES
SIPD – UNA
SIPD - UNA
General de los Agremiados.
Arto 25. La Junta Directiva Sindical se reúne ordinariamente y extraordinariamente
cuando sea necesario, la que debe ser convocada por el Secretario General. Para
que haya quorum se requiere la presencia de la mayoría simple.
Arto 26. Las funciones de cada secretaría son obligaciones asumidas como parte
del equipo de dirección en que están ubicadas (arto 28) y se desarrollan según la
elección. Cualquiera miembro de la Junta Directiva puede representar a la
organización ante el consejo universitario, siempre y cuando sea delegado bajo
acuerdo.
Arto 27 El Secretario General convoca a reunión con cuarenta y ocho horas (48) de
anticipación, previa agenda de trabajo, los acuerdos deben ser registrados en el
libro de actas y acuerdos bajo la responsabilidad del Secretario de Organización
actas y acuerdos, quien debe darlos a conocer en un máximo de 24 horas.
Arto 28. La Junta directiva; elabora sus planes de trabajo los que son supervisados
y aprobados en pleno bajo lo orientación del Secretario general, quien planifica el
plan de trabajo anual del SIPD - UNA.
Arto 29. La Junta Directiva Sindical está integrada por
a. Un Secretario General que la preside
b. Un Secretario de Organización, Actas y Acuerdos
c. Un Secretario de Asuntos Laborales
d. Un Secretario de Finanzas
e. Un Secretario de Asuntos Académicos
f. Un Secretario de Propaganda y Cultura
14