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para lograr este objetivo para TODOS los pensionistas discriminados de su legítimo derecho a la Consolidada, en esta

             línea  de  acción  debemos  tener  claro  que  el  reconocimiento  manifestado y  plasmado  por  el  EJECUTIVO  en  sus
              propuestas es el punto de quiebre de su adversa tendenciosidad, y  es un logro fundamental de ASCOFA que se ha
             convertido  en  la  locomotora  de  arrastre  de  los  demás  grados,  ya  que  nuestra  posición   por  dignidad  y
              derecho  reclamó  la equivalencia absoluta de las pensiones para TODOS los grados dependientes de la Ley 19846,
             lo importante del caso es que  rompimos la inercia estática del Ejecutivo de no enmendar,  y ante estos precedentes
              no  hay  lugar  a   arreglos  políticos  ajenos  a  nuestros  derechos  legítimos  restituidos  por  la  Ley  30683,  lo  que se
             dio  inercialmente y se consolida con los propios argumentos del Ejecutivo y el propio TC que fueron develados y
              refutados con la verdad que nos dan la razón, por lo que es deseable como obligado por decoro y justicia que tanto el
             Ejecutivo como el TC en consecuencia y consenso,  cautelen el derecho fundamental de igualdad ante la ley restituido
              por la Ley 30683 en respeto al estado de derecho establecido en nuestro ordenamiento jurídico.
              Dimos  todo  por  la  reivindicación,  con  la  satisfacción  de  saber  que  el  esfuerzo  y  dedicación, al  momento  no  fue

              infructuoso... y esperemos no más obstáculos e inconsecuencia, para todos estar y vivir en paz, y tranquilos moral y
             físicamente en una etapa ya sin mayor ni mejor alternativa...







                            PL-1522 -1016-PR: PROPUESTA EJECUTIVO - 19.09.2017


                                                                                      Dom. 10 de marzo de 2019

            Proyecto  de  Ley  1522-2016-PR presentado por  el  Premier  Zavala  en  el  que  ofreció
            iniciar su aplicación a partir del mes de octubre del 2017 sin haberse considerado en
            el Presupuesto para el año 2017 nada relacionado a las pensiones, y sabiendo que la
            autógrafa  de  Ley  que    luego  se  promulgara  por  insistencia  y  es  la  Ley  30683
            determinaba que el pago sería recién a partir del 2018, y el Ejecutivo  tiene  el cuajo de
            decir que no se presupuesto conociendo la decisión del Congreso de  hacer justicia
            sobre la cual actuaba dilatoria y engañosamente el Ejecutivo.












                                                PROYECTO DE LEY


            EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA:
             Ha dado la Ley siguiente:

               LEY QUE MODIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO 1133, DECRETO LEGISLATIVO
                  PARA EL ORDENAMIENTO DEFINITIVO DEL RÉGIMEN DE PENSIONES DEL
                                                      PERSONAL
             MILITAR Y POLICIAL, A FIN DE REGULAR LAS PENSIONES DE LOS PENSIONISTAS
                                               DE DECRETO LEY 19846
            Artículo único. Modificación de la segunda disposición complementaria final del Decreto
            Legislativo  1133,  Decreto  Legislativo  para  el  ordenamiento  definitivo  del  régimen  de
            pensiones del personal militar y policial




          LDdA                                “EL COMANDANTE” | ENERO – FEBRERO - MARZO | AÑO 11 N° 39    22
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