Page 17 - ESPERANZA
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                  6.  Los  tres  socios  se  obligan  a  dedicar  todo  su  tiempo  a  las  atenciones  de  la
                  sociedad  y  si  durante  la  misma  cualquiera  de  los  socios  dejare  de  trabajar
                  personalmente sea por incapacidad, enfermedad u otra causa, tendrá la obligación
                  de poner un empleado, que haga sus veces, costeando de su peculio el salario que
                  gane mientras no vuelva al trabajo.

                  7. Anualmente se practicará un balance general en la época que los socios estimen
                  más oportuno y las utilidades que resultaren serán distribuidas por iguales partes
                  entre  los  tres  socios,  llenándose  a  la  cuenta  de  cada  socio  el  haber  que  le
                  corresponda, el que sólo podrá retirarse a la conclusión de la sociedad. Si hubiera
                  pérdidas serán soportadas por los tres socios en igual proporción. (...)” (Contrato de
                  Sociedad Colectiva perteneciente a la firma Bruzzi, Lombardi y Lemmi. Protocolo
                  Notarial Escribanía Eliseo Parada, año 1910, escritura Nº 254. Archivo del Colegio
                  de Escribanos, Delegación Mar del Plata).



















































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