Page 17 - ESPERANZA
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6. Los tres socios se obligan a dedicar todo su tiempo a las atenciones de la
sociedad y si durante la misma cualquiera de los socios dejare de trabajar
personalmente sea por incapacidad, enfermedad u otra causa, tendrá la obligación
de poner un empleado, que haga sus veces, costeando de su peculio el salario que
gane mientras no vuelva al trabajo.
7. Anualmente se practicará un balance general en la época que los socios estimen
más oportuno y las utilidades que resultaren serán distribuidas por iguales partes
entre los tres socios, llenándose a la cuenta de cada socio el haber que le
corresponda, el que sólo podrá retirarse a la conclusión de la sociedad. Si hubiera
pérdidas serán soportadas por los tres socios en igual proporción. (...)” (Contrato de
Sociedad Colectiva perteneciente a la firma Bruzzi, Lombardi y Lemmi. Protocolo
Notarial Escribanía Eliseo Parada, año 1910, escritura Nº 254. Archivo del Colegio
de Escribanos, Delegación Mar del Plata).
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