Page 21 - MANUAL LEGISLACION APLICADA
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Escuela de Gastronomía Administración y Turismo
originados por el inicio de una nueva actividad productiva
de una empresa. Su duración máxima es de tres años.
- El contrato por necesidades del mercado: Es aquel que se
celebra entre un empleador y un trabajador con el objeto de
atender incrementos coyunturales de la producción
originados por variaciones sustanciales de la demanda en
el mercado; aun cuando se trate de labores ordinarias que
formen parte de la actividad normal de la empresa y, que
no pueden ser satisfechas con personal permanente. Este
contrato puede ser renovado sucesivamente hasta el
término establecido por el Artículo 74° de la Ley en cuestión,
el cual señala como plazo máximo de duración cinco (5)
años.
- El contrato por reconversión empresarial: Este contrato es
celebrado en virtud a la sustitución, ampliación o
modificación de las actividades desarrolladas en la
empresa, y en general toda variación de carácter
tecnológico en las maquinarias, equipos, instalaciones,
medios de producción, sistemas, métodos y
procedimientos productivos y administrativos. Su duración
máxima es de 2 (dos) años.
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