Page 21 - MANUAL LEGISLACION APLICADA
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Escuela de Gastronomía Administración y Turismo


                         originados por el inicio de una nueva actividad productiva

                         de una empresa. Su duración máxima es de tres años.


                      -  El contrato por necesidades del mercado: Es aquel que se

                         celebra entre un empleador y un trabajador con el objeto de


                         atender  incrementos  coyunturales  de  la  producción

                         originados por variaciones sustanciales de la demanda en


                         el mercado; aun cuando se trate de labores ordinarias que

                         formen parte de la actividad normal de la empresa y, que

                         no pueden ser satisfechas con personal permanente. Este


                         contrato  puede  ser  renovado  sucesivamente  hasta  el

                         término establecido por el Artículo 74° de la Ley en cuestión,


                         el cual señala como plazo máximo de duración cinco (5)

                         años.


                      -  El contrato por reconversión empresarial: Este contrato es

                         celebrado  en  virtud  a  la  sustitución,  ampliación  o

                         modificación  de  las  actividades  desarrolladas  en  la


                         empresa,  y  en  general  toda  variación  de  carácter

                         tecnológico  en  las  maquinarias,  equipos,  instalaciones,


                         medios         de      producción,         sistemas,        métodos          y

                         procedimientos productivos y administrativos. Su duración

                         máxima es de 2 (dos) años.















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