Page 11 - 21 UNID COMPENDIO-CUARTA- Circulares interpretativas. Couche brillante 130 gr
P. 11

Las instrucciones y normas de esta Circular se presentan ordenadas de manera secuencial de la
           siguiente forma:

             I.   Aclaraciones  e  interpretaciones  en  relación  a  contenidos  del  REGLAMENTO  DE
                  ACREDITACIÓN

            II.   Aclaraciones e interpretaciones en relación a las instrucciones contenidas en los MANUALES
                  DE LOS ESTÁNDARES DE ACREDITACIÓN

           III.   Aclaraciones e interpretaciones en relación al alcance y aplicabilidad de ciertos PUNTOS DE
                  VERIFICACIÓN

           IV.    Aclaraciones  e  interpretaciones  en  relación  a  ciertas  DEFINICIONES  utilizadas  en  los
                  MANUALES DE ACREDITACIÓN

            V.    Aclaraciones e interpretaciones de normas de las pautas de cotejo, según CARACTERÍSTICA

           VI.    Aclaraciones e interpretaciones específicas a diversos ESTÁNDARES DE ACREDITACIÓN

           Cada aclaración consta de un número que le identifica, el cuál es único para dicha aclaración.
           Es importante puntualizar que en relación las aclaraciones e interpretaciones según características
           de los Manuales (V), se debe considerar que:

           Cuando en la primera  columna aparece  sólo  la  identificación de la característica  es porque
           dicha  interpretación  o  aclaración  es  aplicable  para  el  ESTÁNDAR  DE  ATENCIÓN  CERRADA  Y
           ATENCIÓN ABIERTA, ejemplo: EQ 2.1.

           Cuando en la primera columna aparece la identificación de la característica y otra(s) sigla(s),
           es  porque  dicha  interpretación  o  aclaración  es  aplicable  a  ese  o  esos  ESTÁNDARES  DE
           ACREDITACIÓN. Ejemplo: CAL 1.2 AC/APC.

           Las siglas que identifican a los ESTÁNDARES son las siguientes:
                  AC: Atención Cerrada
                  AA: Atención Abierta
                  APC: Atención Psiquiátrica Cerrada
                  CD: Centros de Diálisis
                  SI: Servicios de Imagenología
                  LC: Laboratorios Clínicos
                  SQ: Servicios de Quimioterapia
                  SR: Servicios de Radioterapia
                  SE: Servicios de Esterilización

           Las nuevas interpretaciones e instrucciones se encuentran identificadas como “NUEVA”.



           2. INSTRÚYESE A LAS ENTIDADES ACREDITADORAS respecto de la forma en que se deben
           interpretar las siguientes normas:








                                                                                                        11
   6   7   8   9   10   11   12   13   14   15   16