Page 88 - 21 UNID COMPENDIO-CUARTA- Circulares interpretativas. Couche brillante 130 gr
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En tal sentido, TÉNGASE PRESENTE que el debido ejercicio de tal función de
dirección implica la supervisión directa del trabajo de los evaluadores en el
desarrollo de las evaluaciones en los diversos puntos de verificación del
prestador, entregando su orientación y apoyo a los profesionales evaluadores
para la correcta ejecución de sus constataciones y evaluaciones, corrigiendo
oportunamente los errores en que ellos incurran, cuando corresponda. Asimismo,
PREVIÉNESE a las Entidades Acreditadoras que ellas responden jurídicamente
ante esta Intendencia de las conductas de sus Directores Técnicos.
Asimismo, PREVIÉNESE a las Entidades Acreditadoras que deberán adoptar las
medidas necesarias para que sus Directores Técnicos efectúen la función de
dirección y supervisión antedicha, con especial dedicación, respecto de los
evaluadores con poca experiencia en procesos de acreditación y en aquellos casos
en que tales evaluadores, habiendo sido fiscalizados en procesos previos, han
sido objeto de observaciones por parte de esta Intendencia, particularmente si
se le hubieren representado faltas en las metodologías de evaluación utilizadas,
en el trato a los referentes del prestador o en el manejo de situaciones de
conflicto.
Asimismo, y en el sentido antes señalado, INSTRÚYESE a las Entidades
Acreditadoras en el sentido que el rol del Director Técnico de la Entidad
Acreditadora durante la evaluación en terreno, implica el cabal cumplimiento de,
a lo menos, los siguientes deberes específicos:
i. Ejercer la dirección y coordinación del proceso en todos sus aspectos,
incluyendo los aspectos logísticos inherentes al proceso de evaluación en
terreno;
ii. Entregar de herramientas de trabajo a los evaluadores;
iii. Instruir a los evaluadores sobre la metodología de evaluación y la
retrospectividad a aplicar, señalando las excepciones que correspondan en los
procesos de reacreditación;
iv. Distribuir adecuadamente la carga de trabajo entre los evaluadores;
v. Realizar reuniones técnicas con sus evaluadores para visualizar el desarrollo
del proceso, revisando diariamente con su equipo los hallazgos encontrados
en las constataciones efectuadas;
vi. Frente a situaciones en que exista riesgo de incumplimiento por parte del
prestador, especialmente de características de obligatorio cumplimiento, el
Director Técnico con su equipo evaluador, deberán revisar los respaldos que
fundamentan los hallazgos y solicitar al día siguiente al prestador, toda otra
información o medios que se requieran para hacerse la convicción acerca del
incumplimiento y fundamentar objetiva y adecuadamente su efectividad. De
ser necesario, volverá a realizar la evaluación en los puntos verificadores que
correspondan;
vii. Asegurar que, en la evaluación de una misma característica que deba ser
evaluada en distintos puntos de verificación, por parte de diferentes
evaluadores, se aplique la misma metodología de evaluación y
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