Page 13 - AUDITORIAcONTROL_Neat
P. 13
SEPTIMA NORMA:
COMITÉ DE CONTROL
Las entidades deben efectuar un análisis para
determinar la conveniencia o no de crear el Comité de
Control, pues puede existir otro órgano asesor a la
dirección que pueda asumir las funciones y
responsabilidades del mismo.
El Comité de Control dota a la máxima dirección de un
instrumento de apoyo para la vigilancia adecuada del
sistema de Control Interno creado.