Page 397 - Manual_de_Consulta_Neat
P. 397

Manual de Consulta del Comandante de Aeronave
                 (vii) Orientación para la discrecionalidad del Comandante (AMC.1
                    ORO.FTL.2052 (f)
                    (A)  Como orientación general al desarrollar la política de
                          discreción de un Comandante, el operador debe tener
                          en cuenta la responsabilidad compartida de la gestión,
                          el  vuelo  y  la  tripulación  de  cabina  en  el  caso  de
                          circunstancias imprevistas. El ejercicio de la discreción
                          del  Comandante  debe  considerarse  excepcional  y
    Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
                          debe evitarse en la base de operaciones y / o centros
                          de la compañía, donde haya tripulantes de imaginaria
                          o reserva. Los operadores deben evaluar regularmente
                          la serie de emparejamientos cuando se ha ejercido la
                          discreción del Comandante, con el fin de estar al tanto
                          de las posibles inconsistencias en las programaciones.
                    (B)  La política del operador en la discreción del Comandante
                          debe indicar los objetivos de seguridad, especialmente
                          en  el  caso  de  una  FDP  ampliada  o  un  descanso
                          reducido y debe tener debidamente en consideración
                          de  factores  adicionales  que  podrían  disminuir  los
                          niveles de alerta de un miembro de la tripulación, tales
                          como:
                         • La invasión WOCL;
                         • Las condiciones meteorológicas;
                         • La  complejidad  de  la  operación  y/o  entorno  del
                           aeropuerto;
                         • El mal funcionamiento de avión o especificaciones
                         • Vuelo  de entrenamiento o funciones de supervisión;
                         • Aumento del número de sectores;
                         • La interrupción del ritmo circadiano; y
                         • Las  condiciones  individuales  de  los  miembros  de
                           la  tripulación  afectados  (tiempo  desde  que  está
                           despierto, factor sueño, la carga de trabajo, etc.).
             (4)        imprevista    en
                 la      servicio.

              El operador deberá establecer procedimientos en el M.O. para los
              retrasos en la presentación al servicio en caso de circunstancias
              imprevistas, de conformidad con las especificaciones de certific  -
              ción aplicables al tipo de operación.


          Pág. 10.24
   392   393   394   395   396   397   398   399   400   401   402