Page 340 - FLIP SEXTO TETRA V2
P. 340

EL SALARIO Y



                           UTILIDADES









                                       • R= Artículo 82.- Salario es la retribución

                                         que debe pagar el patrón al trabajador
                                         por su trabajo


                                       • Artículo 117.- Los trabajadores

                                         participarán en las utilidades de las
                                         empresas, de conformidad con el
                                         porcentaje que determine la Comisión

                                         Nacional para la Participación de los
                                         Trabajadores en las


                                       • Utilidades de las Empresas.
   335   336   337   338   339   340   341   342   343   344   345