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10.7.- DETERMINACIÓN DE MEDIDAS DE SALVAGUARDA.
Se debe considerar la existencia de las
características comunes entre los
productos, en relación con los
procesos de fabricación, tanto en los
países de origen de la mercancía como
en el país importador que aplica la
medida de salvaguardia.
Otros elementos a considerar son: las
materias primas utilizadas, si son
básicamente las misma en el país
importador y en otros países
fabricantes del producto investigado o
si hay diferencias muy pequeñas
dimensiones de los diferentes
productos, semejanza de las
especificaciones y normas que deben
cumplir los productos.