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RESUMEN:

                     El presente artículo trata brevemente sobre la naturaleza o estructura formal de la persona denominada "jurídica', asi como también de
                  los alcances conceptuales de la "capacidad jurídica". A través del presente texto se expone el punto de vista personal del autor sobre dicha
                  temática, distanciándose de las concepciones tradicionales sobre dichas instituciones jurídicas aún vigentes en la doctrina, la legislación y la
                  jurisprudencia de nuestros días.
                     Palabras clave: Sujeto de Derecho, Persona jurídica, Capacidad jurídica, Incapacidad jurídica, Regulación de la Capacidad.
                   iiii  n   _   "IB P W 1 W P .1 II..  >  'i'  .  ......................................... ii  i JM W W H H "   111
                     ABSTRACT:
                     The present article briefly presents the nature or formal structure of the so-called "legal" person, as well as the conceptual scope of the
                  "legal capacity". Through the present text, the author expresses his personal point of view, distancing itself from the traditional conceptions
                  about these juridical institutions that are still present in the doctrine, the legislation and the jurisprudence of our days.
                     Kevwords: Subject of Law, Legal person, Juridical capacity, Juridical incapacity, Regulation of the juridical capacity.
                                                              p p m m ig u —  — ....... ......... — •—  -- •  •   • ’— ■-----m
           Revista  editada  por  alum nos  de  la  Facultad  de  Derecho  de  la  U niversidad  de  Lima

                 I.   INTRODUCCIÓN                            texto  se advierten,  desde  nuestra  óptica,  dos
                                                              errores que son propios del momento histórico
                 El  presente artículo  trata  brevemente  sobre  la   en el que se elabora el mencionado Código Civil.
                 naturaleza  o  estructura  formal  de  la  persona
                 denominada "jurídica", así como también de los   El primero de tales errores, vistos a la luz de los
                 alcances conceptuales de la "capacidad jurídica".   avances científicos posteriores a  la fecha de la
                 Este ha sido elaborado pensando principalmente   promulgación del Código Civil alemán, es el que
                 en los estudiantes de Derecho de nuestros días,   afirma que la capacidad jurídica comienza con el
                 con  quienes  nos  une  una  especial  sintonía.  En   nacimiento. En la actualidad, es de conocimien­
                 este  texto,  se  expone  nuestro  punto  de  vista   to general que la vida humana comienza con la
                 personal sobre dicha temática, distanciándonos   concepción, es decir, en el instante de la fusión
                 de  las concepciones tradicionales sobre  dichas   de los núcleos del espermatozoide y del óvulo
                 instituciones jurídicas aún vigentes en la doctrina,   femenino. Este error se repite, por lo demás, en
                 la legislación y la jurisprudencia de nuestros días.  todos los códigos civiles que, como el germano,
                                                              siguen  el  modelo  del  Código  Civil  francés  de
                 Pretendemos con estas líneas redactar un apre­  1804 al considerar que la vida humana se inicia
                 tado resumen de lo que extensamente tenemos   con el nacimiento.
                 escrito sobre tales temas, desde hace años, con
                 el  deseo de contribuir a  desarrollar el  espíritu   Un  novedoso aporte a la codificación civil, que
                 crítico de los estudiantes de Derecho. Conside­  ha sido puesto en evidencia y elogiado por ju­
                 ramos que, de vez en cuando, si tenemos dudas   ristas de diversos  países, es el del Código Civil
                 sobre el significado de una cierta concepción o   peruano de 1984 en cuanto es el primer cuerpo
                 figura jurídica, es conveniente repensar su con­  legal,  a  nivel  del  derecho  comparado,  que  en
                 tenido y  alcances  para  despejarlas  de  nuestra   su  artículo  1  declara  que  la  vida  se  inicia  con
                 mente.  Sólo  de  esta  manera  y en  base  a  una   la concepción y no con el  nacimiento. Se trata,
                 actitud  creativa  es  que  se  logra  el  progreso y   como se aprecia, de un cambio significativo en
                 actualización de nuestra ciencia jurídica.   el  Derecho en cuanto se refiere a  nada  menos
                                                              que la vida  humana, a la persona, centro y eje
           ADVOCATUS  135   El  concepto "capacidad jurídica" aparece en el   creador,  el  protagonista  y  el  destinatario  del
                                                              del derecho, es decir, al  ser humano, que es el
                     ANTECEDENTES
                 II.
                                                              derecho.  El  concebido, según  el  artículo  1  del
                                                              Código Civil peruano de 1984, es un "sujeto de
                 artículo  1  del  Código Civil alemán de  1900. En
                 este  numeral  se  lee:  "La  capacidad jurídica  del
                 hombre  comienza  con  el  nacimiento".  En  este  derecho",  capaz de tener derechos y deberes,
                                                              tal como los posee el recién nacido. La vida hu­



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