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cuyos decisiones buscan siempre y solamente   resultado neto es negativo, preferirán no realizar
               la maximización de sus utilidades"6.     la actividad ilegal.

           Bajo la premisa de que las firmas son intrínse­  En  ese  sentido  se  pronuncia  Stucke10,  cuan­
           camente  maximizadoras  de  utilidades,  las au­  do  señala  que  el  pensamiento  económico
           toridades de competencia suelen asumir que la   neoclásico  sobre  persecución  de  carteles  se
                                                                                                      DERECHO
           manera más efectiva de enfrentar los acuerdos   basa  en tres presunciones básicas.  En  primer   Y ECONOMÍA
                                                                                                     CONDUCTUAL
           colusorios es a través de la aplicación de teoría   lugar, que la  disuasión general de carteles es
           económica  clásica,  en  donde típicamente  se   el objetivo de las autoridades de competencia.
           considera que los potenciales infractores serán   Segundo, que los agentes económicos actúan
           disuadidos de realizar acciones ilegales si el cos­  como maximizadores de utilidades. Así, estos
           to esperado de sus actos excede a los beneficios   analizan  si  las  ganancias que  les  podría traer
           esperados7:                                  la participación en un cartel son mayores que
                                                        la  probabilidad  de ser atrapados y la  sanción
               "Incluso alguna de la literatura de la eco­  correspondiente. Todo  agente  racional  haría
               nomía deI comportamiento asume que las   una ponderación de este tipo antes de tomar
               teorías de elección racional pueden ser más   una  decisión,  una  simple  evaluación  de  pros
               apropiadas para predecir el comportamien­  y contras.  Finalmente, se asume que para  lo­
               to corporativo en el mercado, dado que las   grar una disuasión óptima de carteles se debe
               compañías irracionales  (p.e.  aquellas que   imponer  una  multa  óptima,  que  sea  igual  al
               no maximizan  utilidades) presuntamente   daño que trae  la  infracción  a  la  competencia
               son expulsados del mercado por los com­  dividida entre la  probabilidad de detección y
               petidores  maximizadores  de  utilidades   prosecución exitosa.
               racionales"8.
                                                        Con esto coinciden Ginsburg y Wright al afirmar
           Se  presume que  los  infractores  realizarán  por   que:«las leyes de competencia y las agencias que
           lo  menos  un  cálculo  básico  de  los  costos  y   las aplican han seguido en gran medida el cono­
           beneficios  derivados  de  sus  acciones9 y,  si  el  cimiento convencional de que la principal cura




           6.   TOR, Avishalom, "Understanding Behavioral Antitrust". En: Texas Law Review Vol. 92, 2010, p. 582. Notre Dame Law
               School Legal Studies Research Paper No. 1446. Disponible en: <http://www.texaslrev.com/wD-content/uploads/
               Tor.pdfx                                                                                  lo
                                                                                                         <
                                                                                                         u
               Traducción  libre del  siguiente texto:  “Present-day antitrust -perhaps more than any other legal are -  is based on
                                                                                                         t—
               the traditional economic assumption that market participants are rational decisión makers. The producer firms whose   u
                                                                                                        '<
               conduct is the focus ofthe field are assumed to be perfectly rational competitors that make strictly rational judgments   cc
                                                                                                         CL
               and whose decisions seek always and only to maximize profits".                            LO
                                                                                                         LU
           7.   Ver, por ejemplo: SHAVELL, Steven. "CriminalLawand the Optimal Use of Nonmonetary Sanctions as a Deterrent". En:   z:
                                                                                                         O
               Columbia Law Review N° 85.1985, p. 1235.
                                                                                                         u
                                                                                                         <
           8.   STUCKE, Maurice E. "Behavioral Economics at the Gate: Antitrust in the Twenty-First Century". En: Loyola University   u
               Chicago  Law Journal Vol.  38. Chicago:  2007,  p. 515.  Paper  No.  12.  Disponible  en:  <http://www.luc.edu/media/   _ J
                                                                                                         CL
               lucedu/law/students/publicat¡ons/lli/pdfs/Stucke.Online.3.Q.pdf>.                         <
               Traducción  libre del  siguiente texto:  “Even some ofthe behavioral economics literature assumes that the rational
               choice theories may be better suited to predict corporate behavior in the marketplace, since irrational companies (i.e.,
               those that do not maximize profits) presumably are driven out by their rational profit-maximizing competitors".
           9.   JOLLS, Christine; SUNSTEIN, Cass R.; y, Richard THALER. "A behavioral approach to Lawand Economics". En: Stanford   §
               Law Review. Julio de  1998, p. 1538. Disponible en: <http://www.law.harvard.edu/programs/olin  center/papers/   s
               pdf/236.pdf>.
                                                                                                        §
           10.  STUCKE, Maurice E.'T/ie Implications of Behavioral Antitrust". University ofTennessee Legal Studies Research Paper   Q
               N° 192. Tennessee, 2012, p. 10. Disponible en: <http://ssrn.com/abstract=2109713>.


              ¿Colusores por naturaleza? Sobre cómo el  B e h a v io r a l A n t i t r u s t  p u e d e  ayudar a disuadir la cartelización de los mercados   j j3
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