Page 205 - Edición N° 34
P. 205
sus servicios; El antiguo trabajador que consti Desde que el acto de denigración se puede
tuye una sociedad que emplea el signo o una manifestar a través de la realización o difusión
derivación del mismo (Sentencia del Tribunal de aseveraciones que pueden estar orientadas
Supremo Español de 14 de febrero de 2000; a menoscabar la imagen, el crédito, la fama, el
Repertorio Aranzadi de Jurisprudencia 1237 prestigio o la reputación de otro agente econó
EUROSALQUI); El administrador que registra mico, se comprende claramente que los actos
la marca en perjuicio de la sociedad en la que de denigración puedan vincularse fácilmente
desempeña sus servicios; el socio que inscribe la con la propiedad industrial (concretamente con
marca bajo la que opera la sociedad (en el caso el derecho de marcas), en tanto que los signos
de sociedades compuestas por familiares SAP distintivos sirven, no sólo, para indicar el origen
Valencia 21-IX-1998, AC 1702); el condomino o procedencia empresarial, sino también para
sobre una marca frente al intento de registro condensar ciertos valores (crédito, reputación)
hecho por un comunero (otro condomino) a ligados al concreto origen o prestación.
espaldas de los demás cotitulares (SAP Asturias
31-VII-2000, caso "Confitería Gersán"). De esta manera, el juicio de deslealtad para los
Revista editada por alum nos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima
actos de denigración vendrá determinado por el
En estos casos, puede ocurrir también que la perjuicio que puede sufrir una persona a través
marca defraudada no haya sido aún inscrita o que del menoscabo injustificado del crédito (riesgo
no haya similitud o conexión competitiva entre de envilecimiento) que proyectan sus signos
los productos o servicios42. Sin embargo, como distintivos en el mercado. Esta cuestión es cada
quiera que en este supuesto la mala fe reside en día más frecuente debido al auge y expansión
el quebranto del deber de honestidad que debe de la publicidad.
presidir las relaciones personales y profesionales,
el fundamento de deslealtad termina siendo pre En suma, en caso se verifique que la solicitud
cisamente el abuso de confianza, el cual también de registro fue presentada con la finalidad
constituye uno de los supuestos de mala fe que, objetiva de perpetrar, facilitar o consolidar
por remisión del artículo 137 de la Decisión 486, una conducta encam inada a m enoscabar
provienen de la cláusula general del artículo 6 injustificadamente el crédito o reputación de
del Decreto Legislativo 1044. otra persona en el mercado, qué duda cabe
que puede recurrirse a la causal de mala fe del
6. Mala fe por actos de denigración. artículo 137 de la Decisión 486 para buscar que
sea denegada43.
Dentro de la tipificación contenida en el artículo
11 del Decreto Legislativo 1044 (que se debe 7. Mala fe por actos de comparación
concordar con el artículo 259 inciso b) de la De indebidos.
cisión 486), se incluyen los actos de denigración,
entendidos genéricamente como conductas Los actos de comparación se encuentran regu
innecesariamente lesivas del crédito, reputación lados en el artículo 12 del Decreto Legislativo
o renombre de otro agente económico. 1044.
42. Como sucedió por ejemplo en el caso de la marca COSTA VALLE LO MEJOR DEL VALLE...! resuelto con acierto por
la Comisión de Signos Distintivos del INDECOPI mediante Resolución N° 548-2015/CSD-INDECOPI de fecha 25 de
134 marzo de 2015, recaída en el expediente N° 586360-2014, en donde a pesar que el opositor no logró acreditar la
vinculación entre los productos de las clases 22 y 30 de la Clasificación Internacional, resultó que el solicitante
A D VO C A TU S 43. Podríamos colocar como ejemplos los casos en que hayan sido solicitadas a registro la marca TIMAME con la letra
había sido un ex-socio del opositor y, por tal razón, la Comisión declaró fundada la oposición sobre la base del
artículo 137 de la Decisión 486.
"M" característica de MOVISTAR o el caso de la marca NOESCAFE en colores y grafía similar a la marca NESCAFÉ y
que tales marcas hayan sido objeto de campañas publicitarias de desprestigio.
2 0 2 J u a n P a b l o S c h i a n t a r e l l i