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sus servicios; El antiguo trabajador que consti­  Desde  que  el  acto  de  denigración  se  puede
                 tuye una  sociedad que emplea el  signo o  una   manifestar a través de la realización o difusión
                  derivación  del  mismo  (Sentencia  del Tribunal   de aseveraciones que pueden estar orientadas
                  Supremo  Español  de  14  de febrero  de  2000;   a  menoscabar la imagen, el crédito, la fama, el
                  Repertorio  Aranzadi  de  Jurisprudencia  1237   prestigio o la reputación de otro agente econó­
                  EUROSALQUI);  El  administrador  que  registra   mico, se comprende claramente que  los actos
                  la  marca en perjuicio de  la  sociedad en  la que   de  denigración  puedan  vincularse fácilmente
                 desempeña sus servicios; el socio que inscribe la   con la propiedad industrial (concretamente con
                  marca bajo la que opera la sociedad (en el caso   el derecho de marcas), en tanto que los signos
                 de sociedades compuestas por familiares SAP   distintivos sirven, no sólo, para indicar el origen
                 Valencia  21-IX-1998,  AC  1702);  el  condomino   o procedencia  empresarial, sino también  para
                 sobre  una  marca  frente  al  intento  de  registro   condensar ciertos valores (crédito,  reputación)
                 hecho  por  un  comunero  (otro  condomino)  a   ligados al concreto origen o prestación.
                 espaldas de los demás cotitulares (SAP Asturias
                 31-VII-2000, caso "Confitería Gersán").       De esta manera, el juicio de deslealtad para los
            Revista  editada  por  alum nos  de  la  Facultad  de  Derecho  de  la  Universidad  de  Lima
                                                               actos de denigración vendrá determinado por el
                 En  estos  casos,  puede ocurrir también  que  la   perjuicio que puede sufrir una persona a través
                 marca defraudada no haya sido aún inscrita o que   del menoscabo injustificado del crédito (riesgo
                 no haya similitud o conexión competitiva entre   de  envilecimiento)  que  proyectan  sus  signos
                 los productos o servicios42. Sin embargo, como   distintivos en el mercado. Esta cuestión es cada
                 quiera que en este supuesto la mala fe reside en   día  más frecuente debido al  auge y expansión
                 el quebranto del deber de honestidad que debe   de la publicidad.
                 presidir las relaciones personales y profesionales,
                 el fundamento de deslealtad termina siendo pre­  En  suma, en caso se verifique que la solicitud
                 cisamente el abuso de confianza, el cual también   de  registro  fue  presentada  con  la  finalidad
                 constituye uno de los supuestos de mala fe que,   objetiva  de  perpetrar,  facilitar  o  consolidar
                 por remisión del artículo 137 de la Decisión 486,   una  conducta  encam inada  a  m enoscabar
                 provienen  de  la  cláusula  general  del  artículo 6   injustificadamente el crédito o  reputación  de
                 del Decreto Legislativo 1044.                 otra  persona  en  el  mercado,  qué  duda  cabe
                                                               que puede recurrirse a la causal de mala fe del
                 6.  Mala fe por actos de denigración.         artículo 137 de la Decisión 486 para buscar que
                                                               sea denegada43.
                 Dentro de la tipificación contenida en el artículo
                 11  del  Decreto  Legislativo  1044  (que  se debe   7.  Mala fe por actos de comparación
                 concordar con el artículo 259 inciso b) de la De­  indebidos.
                 cisión 486), se incluyen los actos de denigración,
                 entendidos  genéricamente  como  conductas    Los actos de comparación se encuentran regu­
                 innecesariamente lesivas del crédito, reputación   lados en  el artículo  12  del  Decreto Legislativo
                 o renombre de otro agente económico.          1044.





                 42.  Como sucedió por ejemplo en el caso de la marca COSTA VALLE LO MEJOR DEL VALLE...! resuelto con acierto por
                     la Comisión de Signos Distintivos del INDECOPI mediante Resolución N° 548-2015/CSD-INDECOPI de fecha 25 de
            134      marzo de 2015, recaída en el expediente N° 586360-2014, en donde a pesar que el opositor no logró acreditar la
                     vinculación entre los productos de las clases 22 y 30 de la Clasificación  Internacional, resultó que el solicitante
            A D VO C A TU S   43.  Podríamos colocar como ejemplos los casos en que hayan sido solicitadas a registro la marca TIMAME con la letra
                     había sido un ex-socio del opositor y, por tal  razón, la Comisión declaró fundada  la oposición sobre la base del
                     artículo 137 de la Decisión 486.

                     "M" característica de MOVISTAR o el caso de la marca NOESCAFE en colores y grafía similar a la marca NESCAFÉ y
                     que tales marcas hayan sido objeto de campañas publicitarias de desprestigio.




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