Page 198 - 33
P. 198

En  este  caso,  si  en  el  algún  ejercicio  no  pres­  b)  En los demás casos se considerará el ingreso   <
             crito  (2012  en  adelante),  la  SUNAT detectara   neto percibido, el cual está dado por el in-   Z
             que el contribuyente es titular de certificados   greso bruto menos las devoluciones, boni-
             en  fondos  de  inversión  por  US$  7'000,000.00,   ficaciones, descuentos y demás conceptos     u
             en la medida que la persona pueda demostrar      de naturaleza similar, que respondan a las       O
             que la adquisición de estos títulos se hizo con   costumbres de la plaza.
             dinero que formaba  parte de su  patrimonio al
             01  de enero de 2012, no se habría verificado en   La  base  imponible  definida  a  partir de  estas
             los  periodos  no  prescritos ningún  incremento   reglas difiere de la base imponible del Impuesto
             patrimonial sujeto a imposición y por lo tanto,   a la Renta, pues para efectos de este tributo, por
             no  habría  ninguna  obligación  tributaria  a  re­  regla general, el contribuyente puede efectuar
             gularizar.                                   ciertas  deducciones  (gastos)  para  determinar
                                                          la renta neta imponible a su cargo, que no son
             IV.  RENTAS NO DECLARADAS OBTENIDAS          aceptadas en El Régimen.
                 HASTA EL 31  DE DICIEMBRE DE 2015
                                                          Asimismo, pueden  darse diferencias en el  mo­
             Una vez definido el patrimonio inicial (al 01  de   mento en el que se reconoce el hecho sometido
             enero de 2012), el contribuyente debe identifi­  a  imposición,  pues, de acuerdo a  El  Régimen
             car las rentas no declaradas obtenidas a partir   este momento está dado por la percepción del
             de esa fecha hasta el 31  de diciembre de 2015,   ingreso,  pero  para  efectos  del  Impuesto  a  la
             que serán materia de acogimiento.            Renta, las rentas de  primera categoría, tercera
                                                          categoría y ciertas rentas de fuente extranjera
             Estas rentas pueden provenir de cualquierfuen-   se reconocen cuando se devengan y no cuando
             te, como por ejemplo, de la explotación de los   se perciben.
             activos que conforman el patrimonio inicial y/o
             de  los activos  adquiridos con  recursos  prove­  Considerando estas diferencias, antes de tomar
             nientes de ese patrimonio. Asimismo, podrían   una decisión, es importante que el contribuyen­
             acogerse a  El  Régimen  nuevos  ingresos  cuyo   te compare a cuánto ascendería el Impuesto a
             origen no sea justificado (obtenidos después de   la Renta a su cargo, si regulariza el pago del tri­ Revista  e d ita d a   po r  a lu m n o s  de  la  F acultad  de  D e rech o  de  la  U n ive rsid a d   de  Lima
             la fecha del patrimonio inicial), y los rendimien­  buto omitido utilizando las normas del régimen
             tos generados por dichos ingresos y/o por los   general, contra el  monto a pagar si subsana la
             activos adquiridos con los mismos.           omisión mediante el acogimiento a El Régimen.


             En  cambio,  no  deben  considerarse  las  rentas   Para  ello  deberá  tener  en  cuenta,  adicional­
             obtenidas  en  periodos  prescritos,  las  rentas   mente, que el acogimiento a El Régimen le per­
             declaradas  en  el  Perú  (como  la  proveniente   mite liberarse del  pago de intereses y multas,
             de sueldos que luego se transfiere al exterior),   que si  serían  aplicables si  decide subsanar la
             las rentas no gravadas (como  las donaciones),   omisión considerando las normas del régimen
             y otros flujos de  ingresos que  no constituyen   general.
             rentas (como los obtenidos por prestamos rea­
             lizados por terceros).                       V.   EL PATRIMONIO AL 31  DE DICIEMBRE
                                                              DE 2015 Y LA IMPORTANCIA DE LA
             Identificadas las rentas que serán acogidas a Ej   "TRAZABILIDAD"
             Régimen,  para  determinar  la  base  imponible
             deben tenerse en cuenta las siguientes reglas:  Para  acogerse  a  El  Régimen  no  es  suficiente   133
                                                           identificar y calcular los ingresos percibidos (por
             a)   En el caso que la renta no declarada consti­  rentas no declaradas) hasta el 31  de diciembre
                 tuya ganancia de capital, se considerará la   de 2015, además es necesario que dichos ingre­  AD VO C ATU S
                 diferencia entre el ingreso neto percibido y   sos "(...) estén representados en dinero, bienes y/o
                 el costo computable del activo enajenado.  derechos, situados dentro o fuera del país, al 31 de



                                                  A  m  n  i s  t í a     t r i b  u  t a  r i a     2  0  1  7  .    H  o  r a     d e    d  e  c  i d  i r
   193   194   195   196   197   198   199   200   201   202   203