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Es importante señalar que, aparte del plazo de de la concesión de la patente o de cuatro años
protección, la patente tiene otros límites, señala contados a partir de la solicitud de la misma, el
dos en el artículo 53 de la Decisión 486. Algunos titular de la invención no la ha comercializado
de los comportamientos más importantes que (y no hay una excusa legítima), la Dirección de
no pueden ser impedidos por el titular de la Invenciones y NuevasTecnologías del INDECOPI,
patente, son: a solicitud de cualquier interesado que previa
mente haya tratado de obtener una licencia de
a. Actos realizados en el ámbito privado y con uso, otorgará una licencia obligatoria para la
fines no comerciales; comercialización de la invención14.
b. Actos realizados exclusivamente con fines También se pueden dar licencias obligatorias,
de experimentación, respecto al objeto de sin tener que esperar un plazo, cuando el Estado
la invención patentada; declare a través de Decreto Supremo la existen
cia de razones de interés público, de emergencia
c. Actos realizados exclusivamente con fines o de seguridad nacional u otras circunstancias
de enseñanza o de investigación científica de extrema urgencia15.
o académica.
X. OTRAS CARACTERÍSTICAS CLAVE DEL
"Alerta 10": Otra limitación al Derecho de SISTEMA DE PATENTES
Patentes es el conocido"Agotamiento del De
a recho", que se encuentra contemplado en el • La solicitud de patente tiene varios ele
i m
a d L e artículo 54 de la Decisión 486. Es importante mentos pero el corazón de la misma se
esta restricción porque, aparte de utilizarse
encuentra en las reivindicaciones.
esd d i r n mucho comercialmente, especifica el control Las reivindicaciones definen la materia que
que tiene el titular de la patente respecto de
eeh d l a Ui v e c o Conforme al artículo mencionado, la patente no se desea proteger mediante la patente, así
las ventas del producto patentado.
que son un fuerte objeto de atención por
parte del examinador. Deben ser claras y
concisas y estar enteramente sustentadas
da el derecho de impedir que un tercero realice
mo d l aFc l t a d Dr e d au e actos de comercio respecto de un producto za la invención (el aporte novedoso e inven
por la descripción que se hace de la patente.
protegido por la patente, después de que ese
En esencia, contienen la parte que caracteri
producto se haya introducido en el comercio
en cualquier país por el titular de la patente o
tivo se encuentra en las reivindicaciones).
por otra persona con su consentimiento. Por
puedo pedir, ante la Dirección de Inven
patentadas en España, por el agotamiento del
o a u n s l p r ejemplo, si el titular vendió un lote de medicinas • Antes de realizar mi solicitud de patente
ciones y NuevasTecnologías del INDECOPI,
derecho, no puede impedir que éstos ingresen
una búsqueda de las patentes concedidas
d a Perú y se realicen transacciones comerciales. o en trámite que versen sobre el ámbito de
ei t e i t a a d Rv s a Finalmente, las licencias obligatorias son una mi interés. Esto es de utilidad para deter
minar las posibilidades de que se conceda
restricción importante al Derecho de Patentes.
El titular de la patente tiene la obligación de co
mercializar la invención, por sí mismo o a través o no la patente.
de contratos donde otorgue licencias de uso. Si "Alerta 11": La búsqueda de antecedentes sue
ADVOCATUS 130 14. Ver en la Decisión 486, el artículo 61 y siguientes.
le ser muy útil porque, una vez pagada la tasa
luego de un plazo de tres años contados a partir
15. Ver en el Decreto Legislativo 1075, el artículo 40.
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