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cación para varias formas de intervención pero en otras ocasiones, sí pueden generar cos «
paternalista".79 tos sociales importantes que deberían reducirse.
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Nuestro planteam iento parte de la misma lógica La experiencia de Pisco Playa no es sino una M -
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que subyace detrás del AED. Creemos que muestra a pequeña escala de la necesidad de OO
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una regulación mal planteada genera costos que los modelos económicos que acompañan AUTORES
NACIONALES
sociales, no sólo relacionados a la movilización la elaboración de normas y políticas públicas,
del aparato estatal, sino también a los propios en general, cuenten con un análisis económico
individuos. En efecto, una predicción errónea y conductual que permita resultados eficientes a
contribuye a la inaplicabilidad de una política partir del conocimiento de la Teoría Prospectiva.
pública y no colabora con el cambio social
esperado. En ese orden de ideas, resulta vital Contrariamente a lo que sugieren los segui
que el Estado, en aquellos supuestos en los que dores del AED, consideramos que es necesario
su participación es inevitable o deseable, actúe hacerle más espacio a otras perspectivas en la
de tal manera que contribuya a la generación formulación de la decisión racional, con el fin fT3
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de conductas con resultados eficientes (a través de obtener mejores descripciones y predic
de incentivos y nudges), pero sin coactar ni ciones80. Los racionalistas deben darle cabida CU
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imponer a los individuos costos innecesarios a este nuevo movimiento81, el cual introduce T3
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como producto de su decisión; es decir, una serie de nuevas fuentes82 de información ■O
dejándolos elegir libremente. al campo de observación del comportamiento CV
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humano con el fin de ser más certeros en la c
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La importancia de la forma en cómo se transmi creación de incentivos correctos83 para la ob
te la información, tal cual ha quedado demostra tención de la eficiencia social. Lo que tenemos <v
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do, obliga a la modificación del paradigma del al frente no es una corriente contraria al AED o
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"hombre racional" por el de "hombre racional tradicional. El Derecho y Economía Conduc u
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acotado", donde el ser humano no forma sus tual no descarta los importantes avances de OJ
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preferencias de manera acontextual y compu- la Teoría Económica Neoclásica, simplemente CU
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tacional, sino que se encuentra influenciado por agrega componentes que le brindan realismo. ~o
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una serie de "sesgos" y "heurísticas" que afecta En síntesis, estamos frente a una especie de
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su percepción. Por lo general, dichos sesgos y AED 2.O., una versión que se introduce a nues rtj
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heurísticas son insignificantes para el Derecho, tros tiempos.
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79. WRIGHT, Josh. Deciaring victory or premature celebration?. En: http://truthonthemarket.com/2011/04/15/ O
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declaring—victory— or— premature— celebration/ (visitada el 15 de abril de 2 0 1 1 ). ro
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80. Amartya Sen profundiza este tema, aunque sin superar el escollo de la constancia en las preferencias. Ver: SEN, ro
4—.
Amartya. The formulation of rational cholee. En: American Economic Review. Volumen 84. Número 2. Mayo de 1994. T3
CU
pp. 385—390 (no niega el concepto clásico de racionalidad, sino que lo amplia y justifica). ro
in
81. KOROBKIN, Russell B. yThomas ULLEN."Law and Behavloral Science: Removing the Rationality Assumption from Law >
and Economlcs". Op. cit. pp. 1057. CC CU
82. Earl, PETER. Behavioural Economlcs and the Economics ofRegulation. Breafing paper prepared for the New Zealand
Ministry of Economic Development. Diciembre del 2005, pp. 5—6 . La lista es muy variada: Descubrimientos
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realizados por otras disciplinas en los campos de las ciencias sociales y del comportamiento; experimentos CN
de laboratorio sobre el comportamiento económico; análisis de protocolos; deconstrucciones de ejemplos
sobre tomas de decisiones a partir de fuentes escritas; estudios etnográficos, cuestionarios y entrevistas; e
introspección de los economistas sobre su propio comportamiento; y teorías psicológicas sobre determinantes 2
del comportamiento y la literatura sobre investigación empírica al respecto.
§
83. JOLLS, Christine y Cass SUNSTEIN. Debiasing through Law. John M. Olin Law & Economics Working Paper No. 225. Q
2004 (revisado en 2005).
D e r e c h o y e c o n o m í a c o n d u c t u a l a p l i c a d a a l t e r r e m o t o d e P i s c o 411