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MANUAL DE CONVIVENCIA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN JOSÉ DE CANALETE 2016



                                                          CAPÍTULO IV

                    DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES, EXALUMNOS, PADRES DE FAMILIA,
                            DIRECTIVOS Y DOCENTES DE LA INSTITUCIÓN EDUCTIVA SAN JOSÉ


                  Toda persona es sujeto de deberes y en consecuencia de derechos. El ejercicio de los deberes y derechos
                  implica el ejercicio de la libertad con responsabilidad. La formación integral en el ámbito de los deberes y
                  derechos presupone la exigencia en el cumplimiento de los deberes, cuyo centro es el respeto debido a la
                  propia dignidad y a la dignidad de los demás, de los propios derechos y el de los demás.


                  ARTÍCULO 19. DERECHOS DEL ESTUDIANTE

                  Los estudiantes tienen derecho a:
                  1.  Desarrollar libremente su personalidad guardando respeto por los demás y dentro del marco de los
                      principios y valores que rigen la Institución.
                  2.  Ser tratado con dignidad y respeto por todos los miembros de la comunidad y en particular en lo que
                      respecta a sus ideologías, creencias y diferencias culturales.
                  3.  Ser incluido como sujeto social y de derechos.
                  4.  Que se les asigne un director de grupo que oriente y coordine las actividades del grupo.
                  5.  Recibir una formación integral, actualizada y de calidad.
                  6.  Contar  con  un  período  de  ocho  (8)  días  de  plazo  para  nivelarse  con  su  grupo  en  actividades
                      académicas, después de haber estado ausente con permiso, por motivos de fuerza mayor: enfermedad,
                      calamidad familiar, o en representación de la institución en actividades académicas o deportivas.
                  7.  Conocer el perfil del estudiante.
                  8.  Conocer  los  resultados  definitivos  del  período  en  todas  las  asignaturas  antes  de  que  estas  sean
                      entregadas para la elaboración del informe final.
                  9.  Participar en las diferentes instancias del gobierno escolar de  acuerdo con  lo  establecido  en  el
                      artículo  142  de la Ley  General de Educación.
                  10. Ser escuchado por las instancias indicadas antes de la aplicación de cualquier sanción y acceder a los
                      procedimientos y recursos que le permitan argumentar en contra de las decisiones por las cuales se le
                      sancione, en los casos previstos en este Manual.
                  11. Recibir  información  y  retroalimentación  oportuna  por  parte  de  los  profesores  respecto  a  su
                      rendimiento escolar.
                  12. Recibir estímulos que destaquen sus logros y los animen a ser cada día mejor.
                  13. Aportar en la elaboración del Manual de Convivencia.
                  14. Exigir ante las autoridades gubernamentales e institucionales un nivel académico de calidad en todas
                      las materias  y hacer sugerencias pertinentes para alcanzarlo.
                  15. Participar  en  las  actividades  extracurriculares  deportivas,  culturales  y  académicas  que  ofrezca  la
                      Institución.
                  16. Beneficiarse  de  las  estrategias  pedagógicas  y  medidas  institucionales  para  superar  las  dificultades
                      detectadas.
                  17. Conocer los programas, logros e indicadores de cada materia al comienzo del año escolar para tener la
                      oportunidad de hacer sugerencias y aportes.
                  18. Tener acceso a las diferentes instalaciones, recursos y servicios de la Institución.
                  19. Ser  atendido  por  profesores  y  demás  personas  responsables  de  su  formación,  garantizando  la
                      confidencialidad necesaria en cada caso.





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