Page 2 - DEMANNDA CAJAMAR CLAUSULA SUELO
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revisiones el tipo de interés nominal aplicable no será superior al
15,000 por cien anual, salvo que resulte de aplicar por penalizaciones
por demora, ni inferior al 3,250 por cien anual”. Adjunto y presento
como documento número 1 copia de la escritura préstamo hipotecario,
señalando, para el caso de ser impugnada de contrario, el protocolo
del referido notario.
Segundo.- Solicitud del préstamo. El contrato objeto del presente
procedimiento está otorgado fuera del ámbito del derecho de
consumo, siendo mi mandante una entidad mercantil que dedicó dicho
préstamo a su actividad empresarial, por lo que se pone de manifiesto
expresamente que mi mandante adolece de la condición de
consumidor, por lo que es de aplicación la ley de Condiciones
Generales de Contratación (en adelante LCGC) y la normativa bancaria
vigente en el momento de la contratación. La mercantil a la que
represento, junto al Administrador de la sociedad y el socio único de la
misma necesitaban concluir las obras con objeto de poder rentabilizar
las instalaciones para acoger eventos para 300 comensales. Solicitó
de la Caixa, Bancaja y Banco de Andalucía (la que tiene arrendada el
padre del administrador de la sociedad hoy actora, un local en Alhama
de Almería) la respuesta de todas las entidades fue denegar el
préstamo dada la insuficiencia de avales. Incluso Cajamar de Alhama
de Almería denegó la operación. Siendo aprobada finalmente por
Cajamar oficina de Viator-La Juaida. Por tanto, ante la necesidad del
préstamo mi mandante no negoció ninguna de las condiciones del
préstamo hipotecario, dado que todas ellas fueran impuestas, desde
la cancelación de todos los préstamos existentes, hasta hipotecar los
bienes que estimó oportunos junto a los avales que asimismo exigió la
entidad hoy demandada.
Asi pues, el personal de la oficina de Viator La Juaida, concretamente
su director Don Ramón Sánchez Márquez le indicó las condiciones y le
informó que para la concesión debería avalar de forma personal varias
personas con su propio patrimonio.
La negociación se dirigió hacia las posibilidades en la concesión del
préstamo, con mucha más incidencia que hacia las propias condiciones
de aquél. Una vez explicados los requisitos, solo se le indico el tipo de
interés aplicable y la cuota que inicialmente se le cobraría.
Simplemente eso.
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