Page 92 - FLIP.DOC DERECHO ADMINSTRATIVO I
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La Requisición. Es un derecho del Estado que surge en el derecho militar y se encuentra
establecido en la Constitución, lo que lo faculta a exigir y obtener de manera inmediata de los
particulares, bienes muebles (vehículos aparatos, maquinas, víveres etc.) e inmuebles (fabricas,
negocios, terrenos, etc.) y/o prestar un servicio público, para la prevención o satisfacciones de
necesidades públicas o del propio Estado, surgidas a causa de una situación de emergencia.
La confiscación es la adjudicación que se hace en beneficio del estado, de los bienes de una
persona y sin apoyo legal. También se afirma que toda expropiación sin indemnización es una
confiscación.
La nacionalización es un régimen de derecho público estricto, establecido en la constitución, por
medio del cual determinados bienes pasan al dominio total, exclusivo y definitivo de la nación,
que en lo sucesivo será la única que podrá disponer de ellos con arreglo a la ley.
La modalidad es una medida legal que modifica la figura jurídica de la propiedad, a
diferencia de la expropiación que se concreta a un caso particular, las modalidades deben de ser
expresadas en la ley. Ellas no extinguen la propiedad sino que la restringen o limitan.