Page 92 - FLIP.DOC DERECHO ADMINSTRATIVO I
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La  Requisición.  Es  un  derecho  del  Estado  que  surge  en  el  derecho  militar  y  se  encuentra
                establecido en la Constitución, lo que lo faculta a exigir y obtener de manera inmediata de los

                particulares, bienes muebles (vehículos aparatos, maquinas, víveres etc.) e inmuebles (fabricas,
                negocios, terrenos, etc.) y/o prestar un servicio público, para la prevención o satisfacciones de

                necesidades públicas o del propio Estado,  surgidas a causa de una situación de emergencia.


                La confiscación es la adjudicación que se hace en beneficio del estado, de los bienes de una
                persona y sin apoyo legal. También se afirma que toda expropiación sin indemnización es una

                confiscación.


                La nacionalización es un régimen de derecho público estricto, establecido en la constitución, por
                medio del cual determinados bienes pasan al dominio total, exclusivo y definitivo de la nación,

                que en lo sucesivo será la única que podrá disponer de ellos con arreglo a la ley.


                La  modalidad  es  una     medida  legal     que  modifica     la  figura  jurídica  de  la  propiedad,  a

                diferencia de la expropiación que se concreta a un caso particular, las modalidades deben de ser
                expresadas en la ley. Ellas no extinguen la propiedad sino que la restringen o limitan.
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