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Administrativo. En este caso llevan a cabo funciones de servidor público.
Político. Representan órganos que les atribuyen la facultad de refrendo y se relacionan
constitucionalmente con los otros poderes de la Unión.
Aunque el concepto de Gabinete, parte de un régimen parlamentario, el lenguaje y la práctica
políticos de nuestro país los considera como el conjunto de altos funcionarios de la
administración pública, como Secretarios de Estado, Jefe de Gobierno, y el Procurador General.
El concepto de gabinete no se fundamenta en la constitución. En nuestro sistema político es el
Presidente la cúspide de la pirámide administrativa, porque tiene la visión de conjunto, el
panorama completo de la administración de las distintas áreas y esta en posibilidad de evaluar la
implicación cabal de una determinada decisión.
La conclusión general es que el presidente de la República no sólo es la pieza clave de toda la
administración pública, sino de la más clara y definida expresión de la voluntad del Estado
Mexicano, al que representa. En México, el presidente es el principal conductor de la
administración, del gobierno, el estado y, por consecuencia de las sociedades en su conjunto.
El poder presidencial tiene dos tipos de limitaciones: jurídicas y no jurídicas. A las jurídicas en
el primer caso el Presidente cumple con los mandamientos legales y no actúa al margen o por
encima de la ley. En el caso de las no jurídicas destacan las de carácter burocrático,
determinadas por el gran tamaño de la administración pública que impide que la acción
presidencial llegue hasta la última parte de la escala administrativa.
La organización de la administración pública federal se caracteriza por los principales cambios
como son el reconocimiento constitucional de dos tipos de organizaciones: centralizada y
paraestatal; la aprobación de la ley orgánica de la administración pública federal así como sus
adiciones y modificaciones, la disposición constitucional para que la ley orgánica de la
administración pública federal proporcione las bases generales para la creación de entidades