Page 230 - Ley y Reglamento Contrataciones del Estado
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Instituto Peruano de Contrataciones del Estado - Ley y Reglamento de Contrataciones 2019
29.2 El reglamento establece el procedimiento de selección a utilizar luego de una declaratoria de
desierto.
29.3 Cuando se declare desierto un procedimiento de selección cuyo objeto sea la contratación de
seguros patrimoniales, la Entidad puede utilizar el procedimiento que determine el reglamento
para los procedimientos declarados desiertos o lo previsto en el literal f) del artículo 5 de la
presente Ley”.
Artículo 30. Cancelación
30.1 La Entidad puede cancelar el procedimiento de selección, en cualquier momento previo a la
adjudicación de la Buena Pro, mediante resolución debidamente motivada, basada en razones
de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de contratar o cuando
persistiendo la necesidad, el presupuesto inicialmente asignado tenga que destinarse a otros
propósitos de emergencia declarados expresamente, bajo su exclusiva responsabilidad, de
conformidad con lo establecido en el reglamento.
30.2 La Entidad no incurre en responsabilidad por el solo hecho de actuar de conformidad con el
presente artículo, respecto de los proveedores que hayan presentado ofertas.
Artículo 31. Métodos especiales de contratación
31.1 Las Entidades contratan, sin realizar procedimiento de selección, los bienes y servicios que se
incorporen en los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco como producto de la formalización
de Acuerdos Marco.
31.2 El reglamento establece los procedimientos para implementar o mantener Catálogos
Electrónicos de Acuerdo Marco, las condiciones de aplicación y políticas de rotación entre
proveedores, la verificación de requisitos de capacidad técnica y legal de los proveedores y
demás particularidades.
31.3. Las reglas especiales del procedimiento de cada acuerdo marco definen el monto a partir del
cual el uso de catálogos electrónicos es obligatorio”.
CAPÍTULO IV
EL CONTRATO Y SU EJECUCIÓN
Artículo 32. Contrato
32.1 El contrato debe celebrarse por escrito y se ajusta a la proforma incluida en los documentos
del procedimiento de selección con las modificaciones aprobadas por la Entidad durante el
mismo.
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