Page 12 - Cartilla MinHacienda Fn-AJ1
P. 12

¿SABIAS QUE PODRIAS ESTAR EXENTO DE
                                                RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA?
                                                   Quien realice la conducta:


         Por fuerza mayor o caso fortuito.      Por salvar un derecho propio o ajeno   Con la convicción errada e invencible
                                                al cual deba ceder el cumplimiento    de que su conducta no constituye falta
         En estricto cumplimiento de un deber   del deber, en razón de la necesidad,   disciplinaria.
         constitucional o legal de mayor        adecuación, proporcionalidad y razo-
         importancia que el sacrificado.        nabilidad.                            En situación de inimputabilidad. En
                                                                                      tales eventos  se  dará  inmediata
         En cumplimiento de orden legítima de   Por  insuperable  coacción ajena  o   aplicación, por el competente, a los
         autoridad competente emitida con las   miedo insuperable.                    mecanismos administrativos que permi-
         formalidades legales.                                                        tan el reconocimiento de las inhabilida-
                                                                                      des sobrevinientes.



                                                  CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS


              GRAVISIMAS (ART 48)                      GRAVES (ART 50)                             LEVES
   7   8   9   10   11   12   13   14   15   16   17