Page 13 - Cartilla MinHacienda Fn-AJ1
P. 13

CLASES DE SANCIONES



                Faltas gravisimas     Faltas graves
                   a titulo de      a titulo de dolo     Faltas graves         Faltas leves        Faltas leves
                    dolo o           o gravisimas          culposas             dolosas            culposas
                 culpa gravisima       culposas





                                    Suspensión en el
                 Destitución e     ejercicio del cargo
              inhabilidad especial    e inhabilidad    Suspensión de 1      Multa: (10 a 180     Amonestación
                                                          a 12 meses
                                                                            días de salario)
                de 10 a 20 años    especial de 30días                                               escrita
                                       12 meses


    CAUSALES DE EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN DISCIPLINARIA

       LA MUERTE DEL INVESTIGADO.

       CADUCIDAD DE LAACCIÓN DISCIPLINARIA: La acción disciplinaria caducará si transcurridos cinco
       (5) años desde la ocurrencia de la falta, no se ha proferido auto de apertura de investigación discipli-
       naria.

       RESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DISCIPLINARIA: La acción disciplinaria prescribirá en cinco (5) años
       contados a partir del auto de apertura de la acción disciplinaria. Cuando fueren varias las conductas
       juzgadas en un mismo proceso la prescripción se cumple independientemente para cada una de
       ellas.






                                                      PROCESO ORDINARIO

                                   Indagación       Investigación        Cierre          Calificación

      Queja, de oficio, por informe   preliminar     disciplinaria    investigación     investigación
      y anónimo (salvo que cumpla
      los requisitos del art. 38 de la  [
       Ley 190/95 y art. 27 de la                     12 meses
            Ley 27/92)              6 meses        Faltas gravisimas                    15 días hábiles
                                                                         Art. 15
                                    Art. 150      Prorróga 3° parte    Ley 1474/11         Art. 53
                                   Ley 734/02          Art. 52                           Ley 1474/11
                                                     Ley 1474/11


                                                                                                       Registro Sanción
                                                Alegatos de          Fallo !°          Fallo 2°       Art. 172 Ley 734/02
             Descargos          Pruebas                                                           V
                                                 conclusión         instancia         instancia
                                                                                                      Ejecución Sanción
                                                                                                      Art. 174 Ley 734/02

          10 días presentar      90 días                                               45 días
          solicitar o aportar   Art. 168      10 días traslado   20 días hábiles    prorrogables
              pruebas.         Ley 734/02          Art. 55           Art. 56      práctica, pruebas
               Art.166           Art. 54         Ley 1474/11       Ley 1474/11        Art. 171
             Ley 734/02        Ley 1474/11                                           Ley 734/02
   8   9   10   11   12   13   14   15   16   17   18