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Jurisprudencia Fir- 48
dE PROSEGuiR EN TiEMPO CON El JuiCiO, al TRaTaRSE dE uNa ViOlaCiÓN de mayo de 2016. unanimidad de
iNTRaPROCESal QuE NO aFECTa dERECHOS SuSTaNTiVOS.» votos. Ponente: Miguel Ángel Ra-
Esta tesis se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 11 de diciembre mos Pérez. Secretario: Raúl arturo
de 2017, para los efectos previstos en el punto séptimo del acuerdo General Plenario Hernández Terán.
19/2013. Amparo directo 1329/2015. arabe-
Décima Época.- Registro: 2015842.- instancia: PlENO EN MaTERia dE TRaBaJO la, S.a. de C.V. 17 de junio de 2016.
dEl TERCER CiRCuiTO.- Tesis: Jurisprudencia.- Fuente: Semanario Judicial de la unanimidad de votos. Ponente:
Federación.- Publicación: viernes 08 de diciembre de 2017.- Tesis: PC.iii.l. J/24 l (10a.) Miguel Ángel Ramos Pérez. Secre-
tario: Raúl arturo Hernández Terán.
Amparo directo 369/2016. Sistema
Controversia: inexistencia del despido Municipal para el desarrollo integral
de la Familia de Cuautitlán izcalli,
Estado de México. 26 de septiem-
y ofrecimiento del trabajo de buena fe bre de 2016. unanimidad de votos.
Ponente: Miguel Ángel Ramos
Pérez. Secretario: alejandro Perea
Ramírez.
Amparo directo 90/2016. Pisos
ONCEPTOS DE VIOLA sentido de que no había pruebas Creativos, S. de R.l. de C.V. 13
de febrero de 2017. unanimidad
CCIÓN INOPERANTES. LO que resolviesen la controversia, de votos. Ponente: Raúl Valerio
SON AQUELLOS QUE EN UN constituía un punto decisorio Ramírez. Secretario: Raúl arturo
SEGUNDO JUICIO DE AMPA- implícito (hipótesis iii), que, si Hernández Terán.
Amparo directo 637/2016. ayun-
RO EL QUEJOSO ADUCE LA bien no la perjudicó en el primer tamiento de lerma, México. 14 de
INEXISTENCIA DEL DESPIDO, laudo porque se calificó de bue- julio de 2017. unanimidad de votos.
YA QUE ESA CIRCUNSTANCIA na fe el ofrecimiento de trabajo Ponente: alejandro Sosa Ortiz. Se-
cretaria: aideé Peñaloza alejo.
LA DEBIÓ IMPUGNAR EN EL y absolvió del despido; lo debió Esta tesis se considera de aplica-
AMPARO ADHESIVO, POR impugnar por medio del amparo ción obligatoria a partir del lunes
SER UN PUNTO DECISORIO adhesivo, toda vez que sí podría 15 de enero de 2018, para los efec-
tos previstos en el punto séptimo del
IMPLÍCITO, AL CALIFICARSE perjudicarla, al dictarse el laudo acuerdo General Plenario 19/2013.
DE BUENA FE EL OFRECI- en cumplimiento a una ejecuto- Décima Época.- Registro:
MIENTO DE TRABAJO EN UN ria de amparo, al concederse el 2015951.- instancia: PRiMER TRi-
PRIMER LAUDO. El artículo 182 amparo por considerarse que la BuNal COlEGiadO EN MaTERia
dE TRaBaJO dEl SEGuNdO
de la ley de amparo, que prevé oferta era de mala fe. CiRCuiTO.- Tesis: Jurisprudencia.-
la figura del amparo adhesivo, Amparo directo 891/2015. Sis- Fuente: Semanario Judicial de la
establece 3 objetivos principa- tema Municipal para el desarrollo Federación.- Publicación: viernes
12 de enero de 2018.- Tesis: ii.1o.T.
integral de la Familia de Ecatepec
les: i) el fortalecimiento de las de Morelos, Estado de México. 9 J/6 (10a.)
consideraciones vertidas en el
fallo reclamado; ii) la denuncia
de violaciones al procedimiento Infonavit: acreditación
que pudieran afectar las defen-
sas del adherente, trascendien- de una relación de trabajo
do al resultado del fallo; y, iii)
la impugnación de las conside-
raciones que concluyeron en NSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIEN
un punto decisorio que pudiera IDA PARA LOS TRABAJADORES. LA CARTA DE
perjudicar al adherente en un ACREDITACIÓN COMO INTERVENTOR VALORADA
ulterior laudo en cumplimiento JUNTO CON OTROS ELEMENTOS PROBATORIOS,
de una ejecutoria de amparo; por PUEDE GENERAR LA PRESUNCIÓN DE LA EXIS-
tanto, si en el caso, al dictarse TENCIA DE LA RELACIÓN DE TRABAJO ENTRE EL
un primer laudo, la responsable SUJETO HABILITADO Y EL INSTITUTO. de los artícu-
entró al análisis del ofrecimiento los 23, fracción i y 30 de la ley del instituto del Fondo
de trabajo, ello presupone que Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, así como
implícitamente consideró que no 145 del Código Fiscal de la Federación, se advierte que
había pruebas o circunstancias ese organismo tiene la facultad de nombrar intervento-
que acreditaran la inexistencia res con cargo a la caja mediante cartas de certificación
del despido, por lo que si la para intervenir en los procedimientos administrativos
quejosa, en un segundo ampa- de ejecución contra empresas deudoras de aportacio-
ro, sostiene lo contrario, dichos nes para la subcuenta de vivienda de los trabajadores.
argumentos son inoperantes, en ahora, la sola emisión de dichas cartas no excluye la
virtud de que pronunciarse en el existencia de un vínculo laboral entre la persona habi-