Page 10 - Reglamento Interno HT
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HIGH TOWERS
                                                             ELITE
            HIGH TOWERS
            HIGH TOWERS
                 ELITE
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               de éste Reglamento Interno y los beneficios de tener una representación para la defensa de los intereses comunes de los
               asociados frente a terceros. Todas las cuotas y cargas comunes del CONDOMINIO HIGH TOWERS ELITE serán depositadas en
               la cuenta bancaria de la Asociación para el correcto manejo de los gastos e ingresos.

            i)   AZOTEA. - Hace referencia a la cubierta superior del edificio, la cual es área común general del Condominio.

            j)   CARGAS COMUNES O CUOTAS ORDINARIAS O CUOTA DE MANTENIMIENTO Y ADMINISTRACIÓN. - Son las contribuciones
               monetarias obligatorias que cada Condómino, Poseedor, Usuario u Ocupante debe cubrir para sufragar los  gastos  comunes
               para el mantenimiento y operación  de  las  áreas   comunes  conforme   al   porcentaje   de  indiviso, respecto a  su Unidad
               de Propiedad Privada, acordada por la Asamblea General de Condóminos, teniendo que pagarse en la forma y términos que
               se establezca en la propia Asamblea General de Condóminos del CONDOMINIO HIGH TOWERS ELITE.

            j)  CUOTA EXTRAORDINARIA. - Es la can�dad monetaria acordada por la Asamblea General de Condóminos para sufragar gastos
               imprevistos o extraordinarios.

            k)  CÓDIGO CIVIL. - Es el Código Civil para el estado de Puebla.


            l)   COMITÉ DE VIGILANCIA DEL “CONDOMINIO HIGH TOWERS ELITE”. - Es el órgano colegiado, de control y vigilancia integrado
               por los Condóminos y designado por la Asamblea General del CONDOMINIO HIGH TOWERS ELITE, para vigilar y supervisar las
               ac�vidades  del  Administrador  y  coadyuvar  con  el  mismo,  para  cuidar  el  cabal  cumplimiento  de  las  obligaciones  de  los
               Condóminos, gozando al efecto de todas las facultades y atribuciones establecidas en este Reglamento Interno y en la Ley.

            m)  COMITÉ  DE  CONSTRUCCIÓN.  -  Es  un  órgano  colegiado  designado  en  los  términos  de  este  Reglamento  Interno  por  el
               Desarrollador, facultado específicamente para tratar y resolver los asuntos que este Reglamento Interno  o  la  Asamblea del
               Condominio y  los manuales,  sometan  a  su  competencia,  como  puede  ser  la  regulación  del  diseño,  remodelación y
               modificación de las Unidades de Propiedad Privada.

            n)  COMITÉS.- Son aquellos diferentes a los antes mencionados que estarán formados por los Condóminos propietarios de las
               Unidades de Propiedad Privada, que se organizarán para realizar ac�vidades que a�endan algunos servicios ambientales o
               complementarios, preven�vos contra siniestros y promuevan la cultura condominal en beneficio de la comunidad.

            o)  CONDOMINIO.- Es el régimen que de acuerdo con la Ley, consta de un máximo de 238 Unidades de Propiedad Privada
               pertenecientes a uno o  varios  propietarios  y  que  lleva inherente  un  derecho  de  proindiviso  sobre  los  Bienes  Comunes
               del  CONDOMINIO HIGH TOWERS ELITE,  con  las  limitaciones  o  exclusividades  de  uso  que   sobre   los   mismos se
               establezcan y que forma parte del Conjunto Condominal denominado High Towers Elite.  Que  se  cons�tuye   por declaración
               unilateral de voluntad otorgada ante Notario Público.

            p)  CONDÓMINO.- Es la persona �sica o moral, que es propietaria de una o varias  Unidades de  Propiedad  Privada  que formen
               parte del Conjunto Condominal; o aquella persona �sica o  moral  que  haya  celebrado  contrato  en virtud  del cual, de
               cumplirse en sus términos llegue a ser propietario de una Unidad  de Propiedad  Privada  y  al  que  le  corresponden por
               imperio de la Ley, todos los derechos derivados de la propiedad, así como el derecho de proindiviso sobre los bienes comunes
               que le son anexos, con los derechos y obligaciones que en este Reglamento Interno se establecen.

            q)  CONJUNTO CONDOMINAL  HIGH TOWERS ELITE  O  CONDOMINIO HIGH TOWERS ELITE.- Es el régimen que se compone  de
               un Condominio,  que cuenta con los Bienes Comunes de que son copropietarios todos los Condóminos del Conjunto y que
               �ene su acceso principal en el número 14 del Boulevard Europa, en el Fraccionamiento Residencial Lomas de Angelópolis



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                                         Reglamento Interno del Condominio High Towers Elite
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