Page 12 - Reglamento Interno HT
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HIGH TOWERS
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            ee)  MANUAL  PARA  EL  DESARROLLO  DE  PROYECTOS.-  Es  el  documento  que  elaborará  el  Desarrollador  y/o  la  Asamblea  y
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               establecerá  los  lineamientos  por  los  que  se  regularán  los  proyectos, modificaciones y adaptaciones de las Unidades   de
               Propiedad Privada, el cual contendrá los lineamientos  específicos  que  aunados  a  las  disposiciones  establecidas  en   la
               Escritura Cons�tu�va y en este Reglamento Interno, establecen los parámetros arquitectónicos, de diseño, de construcción,
               de procedimientos y de revisión.

            ff)  MOROSO.-  El  Condómino  que  no  ha  cumplido  con  su  obligación  de  pagar  dos  Cuotas Ordinarias  o   una Extraordinaria
               en el plazo establecido por la Asamblea General de Condóminos.

            gg) REGLAMENTO INTERNO O REGLAMENTO INTERNO DE ADMINISTRACIÓN DEL CONDOMINIO HIGH TOWERS ELITE.- Es el
               presente  documento  que  se  emite  de  conformidad  con  lo  dispuesto  en  la  Ley,  en  el  que  se  establecen  las  normas  y
               modalidades  a  seguir  para  garan�zar  el  adecuado  funcionamiento  de  todos  los  Bienes  Comunes,  de  las  Unidades  de
               Propiedad  Privada,  y  que  regula  las  relaciones,  derechos  y  obligaciones  de  los  Condóminos  integrantes  del  Conjunto
               Condominal.

            hh)  REGLAMENTO.-  Se  refiere  al  Reglamento   de  la  Ley   de  Propiedad  en  Condominio   de Inmuebles para  el  Estado      de
               Puebla y se iden�ficara en este Reglamento Interno como la Ley.

            ii) SANCIÓN.- Multa o medida de apremio impuesta al Condominio o Usuario que viole o no de cumplimiento de las obligaciones
               contenidas en la Ley, su propio Reglamento, la escritura Cons�tu�va, el Reglamento Interno y demás Leyes aplicables.

            jj) SESIONES DE CONSEJO.- Mecanismo de toma de decisiones conforme a las facultades otorgadas en  la  Asamblea  General del
               Conjunto Condominal cuyas sesiones podrán ser ordinarias o extraordinarias.

            kk) SUPERFICIE.- Es el resultado matemá�co de  la  mul�plicación  en  planta  del  espacio �sico de acuerdo a sus dimensiones de
               ancho y largo. En todos los casos las superficies de las Unidades de Propiedad Privada y de los Bienes Comunes se consideran
               Ad-corpus y no Ad-mensuram, por lo que cualquier diferencia en la superficie del mismo no dará derecho a las partes de
               modificar el precio, ni a reclamo o responsabilidad de �po alguno.

            ll)   TABLA DE DISTRIBUCIÓN DE GASTOS COMUNES.- Es el documento  que con�ene  el porcentaje que le corresponde  pagar   a
               cada  Condómino,  para  contribuir  con  las  Cuotas  de  Mantenimiento  y  Administración  o  Cargas  Comunes,  aportaciones
               extraordinarias, al Fondo de Reserva, y que ha sido elaborado en atención al costo del mantenimiento de los Bienes Comunes
               del  Conjunto  Condominal  ó  Condominio,  incluyéndose  en  éste  aquellas  partes  que  proporcionen  un  servicio  a  los
               Condóminos, así como los derivados de las exclusividades sobre los Bienes Comunes.

            mm)       UNIDAD DE PROPIEDAD PRIVADA, ÁREA PRIVATIVA O UNIDAD DE PROPIEDAD EXCLUSIVA.- Es la vivienda,
               departamento o parte inmobiliaria suscep�ble de apropiación individual, que forma parte de algún Condominio del Conjunto
               Condominal y sobre la que cada uno de los Condóminos goza de los derechos inherentes a la propiedad  individual de la
               misma, además de un derecho de copropiedad sobre los Bienes Comunes que le son anexos, independientemente de los
               Bienes Comunes de Uso Exclusivo que le son asignados.

            nn) USUARIO, OCUPANTE O POSEEDOR.- Es  la  persona  que  autorizada  por  el  Condómino para  usar  y  disfrutar  una  Unidad
               de  Propiedad  Privada,  los  cuales  pueden  ser  de  manera enuncia�va  y  no  limita�va,  miembros  de   la   familia del
               Condómino, invitados, amigos, arrendatarios, comodatarios, usufructuarios, huéspedes, empleados  domés�cos,  y,  en
               general,  cualquier  otra  persona  que  esté  u�lizando   o   disfrutando   de   una   Unidad   de   Propiedad Privada, de manera
               conjunta o separada con el Condómino �tular de dicha Unidad.





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                                         Reglamento Interno del Condominio High Towers Elite
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