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7 Duitama 27 de marzo 2019.
COMPLEJO CIENTÍFICO CULTURAL E HISTÓRICO
l Honorable Tribunal Administrativo de Boyacá Sala de Casación No 4, con ponencia del magis-
trado José Ascensión Fernández Osorio, al revocar la sentencia de primera instancia, además
Ede las consideraciones de esa corporación, hace referencia a la posición del Honorable Consejo
de Estado al respecto, para concluir que la empresa PACEACOL, no ha incurrido en ningún tipo de
violación o delito y que por el contrario, ha estado sometida al cumplimiento de la normatividad vigen-
te, para este tipo de actividad. En el recuadro observamos, una pequeña parte de la providencia - folio
33 -, no sin antes advertir que la totalidad del fallo de fondo emitido por el Honorable Tribunal Adminis-
trativo de Boyacá, está a disposición de quien lo requiera en las ofi cinas de la empresa.
COLECTIVO DE
ABOGADOS,
DEFIENDEN LA
SEGURIDAD
JURÌDICA Y
ADVIERTEN A
PACEACOL
SOBRE LOS PO-
SIBLES DAÑOS
QUE CAUSAN
ACCIONES JUDI-
CIALES TEME-
RARIAS, IMPE-
TRADAS POR
GRUPOS DE
PERSONAS
CONTRA PRO-
YECTOS DE
DESARROLLO
SOCIAL