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Reglamento Interno 2020
investigación y esclarecimiento de los hechos, se informará al SISEVE. Se aplicará
la Ley que Promueve la Convivencia en la Instituciones Educativas N° 29719.
ii) Los estudiantes, cuyos padres han firmado reiteradas fichas de compromiso en la
Coordinación de Tutoría y la Dirección y no superen la dificultad serán invitados al
traslado a otra institución.
jj) Al hallarse a estudiantes con objetos mencionados en las prohibiciones, estos
objetos serán retenidos y devueltos el día de la clausura del año escolar por la
Coordinación de Tutoría y Orientación Educativa.
kk) Estudiantes detectados con ingesta de alcohol, drogas ilegales, ludopatía,
pornografía, serán intervenidos por la Coordinación de TOE, firmando los padres
la ficha de compromiso y derivados al centro de salud para su orientación y
tratamiento psicológico, de reiterarse la falta serán reubicados a otra institución
educativa.
ll) La participación de estudiantes en grupo de pandillaje se aplicará las medidas
reparadoras de ser reiterativas la falta será obligado su traslado a otra institución.
Art. 54°. SANCIONES Y ACCIONES REPARADORAS A LOS ESTUDIANTES:
Las sanciones y acciones reparadoras a las que se hacen acreedores los estudiantes
se aplicarán de acuerdo a la falta o reincidencia de la misma, previa investigación y de
acuerdo a los protocolos vigentes.
a) La falta en cualquier caso tendrá la siguiente intervención:
Interviene el docente tutor, si no logra resolver pasa al Coordinador de TOE. Si
en TOE no se logra resolver se deriva a la Dirección, dependiendo de la
gravedad del caso la Dirección informará a las autoridades competentes para
su investigación y sanción de acuerdo a Ley.
b) Las faltas reincidentes serán consideradas: Faltas moderadas y/o graves, siendo
sancionados con acciones reparadoras a los estudiantes a través de:
1. SANCIÓN DE LA FALTA LEVE DE LOS ESTUDIANTES:
a) Amonestación verbal y/o escrita.
b) Anotación en el cuaderno de incidencias y agenda.
c) Firma del compromiso de sus padres y del estudiante.
2. SANCIÓN DE LA FALTA MODERADA DE LOS ESTUDIANTES:
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INSTITUCIÓN EDUCATIVA “URIEL GARCIA” – SANTA TERESA