Page 40 - Revista La Carne 808
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DESESTIMADAS UNA VEZ MÁS
LAS DEMANDAS DEL SECTOR RESPECTO AL IVA DE LA CARNE
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Por Fernando Niharra. Director del Área Legal de Carnimad. Licenciado en Derecho. Abogado del Colegio de Abogados de Madrid (Col 76829)
El Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, establece que, con efectos desde el 1 de enero de 2023 y vigencia hasta el 30 de junio de 2023:
• Se aplicará el tipo del 5 % del IVA a productos como los aceites de oliva y de semillas y las pastas alimenticias.
• Seaplicaráeltipodel0%delIVAaproductoscomo el pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado, harinas pani cables, leche producida por cualquier especie animal, quesos, huevos, frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales.
No obstante, el tipo impositivo aplicable volvería a ser el anterior del 10% o 4 % a partir del 1 de mayo de 2023,
en el caso de que la tasa interanual de la in ación del mes de marzo, publicada en abril, sea inferior al 5,5 %.
La medida transitoria adoptada se está mostrando insu ciente para contener la escalada de precios de los alimentos, tanto por su carácter temporal y excepcional, como por la exclusión de alimentos esenciales que, como la carne fresca, forman parte de la cesta de la compra habitual en las familias españolas.
En el actual escenario de incremento generalizado de costes y precios de todos los alimentos se deberían haber contemplado una bajada del tipo de IVA reducido actual del 10% al superreducido del 4% en el caso de la carne fresca, como alimento de primera necesidad y parte de nuestra dieta mediterránea (bien sea de pollo, pavo, cerdo o ternera).
El 28 de diciembre de 2022 entró en vigor un Real Decreto Ley para paliar los efectos de la crisis por la guerra de Ucrania. Entre el paquete de medidas aprobadas, gura la supresión del IVA de los productos frescos que tenían ya el tipo reducido y de reducir del 10% al 5% el del aceite y las pastas, obviando otros productos básicos como la carne fresca.
LA CARNE - Enero - Marzo 2023