Page 25 - Regulaciones Aéreas Civiles
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Piloto de RPAS -     23


                 Reglamento del Aire                             Cuando  las  condiciones  de  tiempo  lo
                                                                 permitan, y no haya la posibilidad de que
                 Aplicación  territorial  del  Reglamento        el tránsito se congestione, el Servicio de
                 del Aire                                        Tránsito  Aéreo  podrá  autorizar  una
                                                                 aproximación visual dentro de una zona
                 Las  normas  del  presente  Reglamento          de control.
                 del Aire se aplican al tránsito de:
                                                                 Autoridad ATS competente
                   Toda aeronave civil, cualquiera que sea
                     su Estado de matrícula, que transite por    En su condición de Autoridad en materia
                     el  espacio  aéreo  sobre  el  cual  tenga   aeronáutica en todo el territorio nacional,
                     jurisdicción el Estado Colombiano.          la  Unidad  Administrativa  Especial  de
                                                                 Aeronáutica  Civil  –UAEAC,  tiene  el
                   Las    aeronaves     Colombianas     que     carácter de autoridad ATS competente y
                     transiten  por  espacios  no  sometidos  a   como tal, es la exclusiva responsable del
                     jurisdicción  determinada  o  en  espacios
                     sometidos  a  jurisdicción  de  otros       suministro  de  los  Servicios  de  Tránsito
                     Estados, siempre y cuando las normas        Aéreo en el espacio aéreo sobre el cual
                     de  la  presente  parte  no  se  opongan  a   tenga soberanía o jurisdicción el Estado
                     las    normas      internacionales    o     Colombiano,  o  aquel  que  le  sea
                     disposiciones  aplicables  vigentes  en     asignado a Colombia  mediante acuerdo
                     dichos Estados.                             regionales    de     Navegación      Aérea,
                                                                 correspondiéndole  también  velar  por  el
                 Cumplimiento  del  Reglamento  del              cumplimento del Reglamento del Aire en
                 Aire                                            dicho espacio. Tal autoridad es ejercida
                                                                 por    el    Secretario    de     Sistemas
                 La  operación  de  aeronaves,  tanto  en        Operacionales, quien tiene como función
                 vuelo como en el área de movimiento de          primordial  el  prestar  los  servicios  de
                 los aeródromos, se ajustará a las reglas        protección  y  apoyo  al  vuelo  para  la
                 generales, y además durante el vuelo:           navegación  en  el  Espacio  Aéreo
                                                                 nacional, o el que le sea delegado.
                   A las reglas de vuelo visual, o
                   A las reglas de vuelo por instrumentos.      La    Dirección    de    Servicios   a    la
                                                                 Navegación Aérea, como área funcional
                 En condiciones meteorológicas de vuelo          dependiente     de    la   Secretaria    de
                 visual,  el  piloto  puede  hacer  un  vuelo    Sistemas  Operacionales,  suministra  y
                 ajustándose  a  las  reglas  de  vuelo  por     controla  los  Servicios  de  Navegación
                 instrumentos si lo desea, o la autoridad        Área,  relacionados  con  el  control  de
                 ATS puede exigirle que así lo haga  por         tránsito  aéreo  en  el  territorio  nacional,
                 razones de tránsito.                            incluyendo  los  servicios  de  información
                                                                 de  vuelo  y  alerta,  control  de  tránsito
                 Vuelos nocturnos                                aéreo    de    aeródromo,      control   de
                                                                 aproximación/salidas,  control  de  aérea
                 Todas  las  aeronaves  que  operen  entre       (radar – no radar) y gestión de afluencia
                 la puesta y la salida de sol, dentro de las     del tránsito aéreo; así como los servicios
                 regiones  de  información  de  vuelo  de        conexos  de  cartografía  aeronáutica,
                 Bogotá  y  Barranquilla,  deben  volar  de      telecomunicaciones           aeronáuticas,
                 acuerdo  con  las  reglas  de  vuelo  por       información aeronáutica previa al vuelo y
                 instrumentos (IFR) o como lo autorice el        meteorología        aeronáutica.       Esta
                 Control de Tránsito Aéreo.                      Dirección es responsable  de ejecutar la
                                                                                                             23
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