Page 30 - Regulaciones Aéreas Civiles
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Piloto de RPAS - 28
horizontal en un ángulo de 110 grados Planes de vuelo
desde la proa hacia la izquierda (babor).
Presentación de un plan de vuelo. La
Una luz verde sin obstrucción, información referente al vuelo
proyectada por encima y por debajo del proyectado, o parte del mismo que ha de
plano horizontal en un ángulo de 110 suministrarse a las dependencias de los
grados desde la proa hacia la derecha servicios de tránsito aéreo, se dará en
(estribor). forma de plan de vuelo, el cual es
obligatorio en Colombia, para todo tipo
Una luz sin obstrucción, proyectada por de vuelo.
encima y por debajo del plano Señales
horizontal, hacia atrás, en ángulo de
140 grados repartidos por igual a la Al observar o recibir cualquiera de las
izquierda (babor) y a la derecha señales, la aeronave procederá de
(estribor). conformidad con la interpretación que de
la señal.
Operaciones en un aeródromo, sobre
el mismo o en sus cercanías. Las señales cuando se utilicen, tendrán
el significado que en él se indica. Se
Los pilotos de aeronaves que operen en utilizarán solamente para fines
un aeródromo, en su entorno o indicados, y no se usará ninguna otra
cercanías, dentro o fuera de una zona señal que pueda confundirse con ellas.
de tránsito de aeródromo, deben:
Un señalero será responsable de
Observar el tránsito del aeródromo a fin
de evitar colisiones. proporcionar a las aeronaves en forma
Ajustarse al circuito de tránsito formado clara y precisa, señales normalizadas
por otras aeronaves en vuelo, o evitar para maniobrar en tierra. Nadie guiará
interferirlo. una aeronave a menos que esté
Hacer todos los virajes hacia la convenientemente instruido para ese
izquierda al aproximarse para aterrizar propósito.
y después del despegue, a menos que
se les ordene lo contrario. Hora
Aterrizar y despegar contra el viento, a En las operaciones aéreas y terrestres
menos que sea preferible hacerlo en de las aeronaves, así como en la
otra dirección por razones de
seguridad, de configuración de la prestación de los servicios a la
pista, o de tránsito aéreo. navegación aérea, se utilizará el tiempo
universal coordinado (UTC) que deberá
expresarse en horas y minutos y,
cuando se requiera, en segundos del día
de 24 horas que comienza a
medianoche.
Antes de la iniciación de un vuelo
controlado y en cualquier otro momento
del vuelo que sea necesario, se
verificará la hora.
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