Page 49 - Regulaciones Aéreas Civiles
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Piloto de RPAS - 47
Base o Básico. En este tramo, se riesgos de colisión con una aeronave no
termina de ajustar la velocidad de forma tripulada, así como evitar daños a la
que el viraje a final se realice con la integridad física, vida y bienes de
velocidad de planeo recomendada o si terceros en la superficie.
acaso muy cercana. El piloto debe
calcular mentalmente a que distancia Las operaciones autónomas, en el
debe comenzar el viraje a final para que ambiente civil, haciendo uso de
a la terminación del mismo se encuentre vehículos Aéreos Autónomos de
sobre la prolongación del eje de pista. cualquier peso están prohibidas,
independiente de cual sea su finalidad.
Final. También denominado
aproximación final en algunos manuales, Las realizaciones de operaciones RPAS
en este último tramo se efectúa la de recreación y deporte deberán obtener
maniobra de aterrizaje propiamente una autorización expresa de la UAEAC,
dicha, solo queda seguir los solo cuando el explotador de RPAS
procedimientos al respecto, mantener requiera una desviación de cualquiera
senda de planeo y velocidad adecuadas, de las limitaciones o de las reglas de
el avión alineado con el eje de pista, y operación establecida en los RAC
comunicar nuestra posición a la torre numerales 4.25.8 y siguientes.
para que nos autorice el aterrizaje si es
que no lo hizo en algún tramo anterior, y Nota. Es de aclarar que en el país las
por supuesto lo más delicado: aterrizar. operaciones RPAS relacionadas con
recreación y deporte, están
sometidas a lo establecido en los
numerales de 4.25.8 y siguientes de
los Reglamentos Aeronáuticos de
Colombia, (RAC) y no les aplica lo
establecido en esta Circular, siempre
y cuando se mantengan dentro de las
condiciones establecidas para este
tipo de operaciones.
Definiciones y Abreviaturas
Normas sobre operación de
RPAS Aeronave. Toda máquina que puede
sustentarse en la atmósfera por
Circular Reglamentaria N0. 002 (CR- reacciones del aire que no sean las
5100-082-002) reacciones del mismo contra la
superficie de la tierra.
Esta circular aplica a cualquier persona
(natural o jurídica) u organizaciones Aeronave pilotada a distancia (RPA).
gubernamentales civiles interesadas en Aeronave no tripulada que es pilotada
efectuar operaciones en el espacio desde una estación de pilotaje a
aéreo colombiano con aeronaves distancia.
pilotadas a distancia RPA, con fines
diferentes a los de recreación y deporte. Aeródromo. Área definida de tierra o de
agua (que incluye todas sus
Las instrucciones establecidas en esta edificaciones, instalaciones y equipos)
circular tienen por finalidad proteger a destinada total o parcialmente a la
las aeronaves tripuladas de eventuales
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