Page 7 - LEGISLACION
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4.  Resumen del título asignado a la correlación de la L.F.T.


                                                     TITULO CATORCE

                                DEL DERECHO PROCESAL DEL TRABAJO (ART. 685-938)


               El derecho al trabajo será público, gratuito, inmediato, predominantemente oral y conciliatorio.

               Se estructura a partir de tres nociones fundamentales:





               La capacidad procesal se adquiere con la mayoría de edad (18 años) sin embargo existe
               capacidad relativa o parcial de los menores que hayan cumplido 14 años para algunos actos
               determinados.

               También se mencionan las huelgas ya antes vistos en el titulo 8.


               Principios procesales
               El proceso del derecho del trabajo será público, inmediato, predominantemente oral y
               conciliatorio y se iniciara a instancia de parte.

               De la capacidad, personalidad y legitimación.
               Son partes en el proceso del trabajo, las personas físicas o morales que acrediten su interés
               jurídico en el proceso y ejerciten acciones u opongan excepciones.

               De las competencias
               Será competencia de las juntas locales de conciliación y arbitraje de las entidades federativas.

               De los impedimentos y excusas
               Los representantes del gobierno, de los trabajadores o de los patrones ante las juntas y los
               auxiliares.
               De la actuación de las juntas

               Cuando el trabajador ignore el nombre del patrón deberá precisar cuando menos en su escrito
               inicial de demanda el domicilio de la empresa.
               De los términos procesales

               Los términos comenzaran a correr el día siguiente en que surja efecto la notificación y se
               contara con ellos al día de vencimiento.
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