Page 8 - LEGISLACION
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De las notificaciones

               Deberán señalar domicilio para recibir notificaciones, de lo contrario las notificaciones se harán
               por boletín.

               De los exhortos y despachos
               A falta de tratados o convenios, deberán tratarse las siguientes reglas:

                                    os por vía diplomática


               De los incidentes

               Los incidentes se tramitaran dentro del expediente principal donde se promueve, salvo los
               casos previstos en esta ley.

               De la acumulación

               Si se declara procedente la acumulación, el juicio se acumulara al más antiguo.
               De la continuación del proceso y de la caducidad

               Los presidentes de las juntas y auxiliares cuidaran que los juicios no queden inactivos.


               Reglas generales
               Son admisibles en el proceso todos los medios de prueba que no sean contrarios a la moral y al
               derecho, y en especial los siguientes:

               I. Confesional
               II. Documental

               III. Testimonial
               IV. Pericial

               V. Inspección

               VI. Presunciones
               VII. Instrumental de actuaciones

               VIII. Fotográficas
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