Page 8 - LEGISLACION
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De las notificaciones
Deberán señalar domicilio para recibir notificaciones, de lo contrario las notificaciones se harán
por boletín.
De los exhortos y despachos
A falta de tratados o convenios, deberán tratarse las siguientes reglas:
os por vía diplomática
De los incidentes
Los incidentes se tramitaran dentro del expediente principal donde se promueve, salvo los
casos previstos en esta ley.
De la acumulación
Si se declara procedente la acumulación, el juicio se acumulara al más antiguo.
De la continuación del proceso y de la caducidad
Los presidentes de las juntas y auxiliares cuidaran que los juicios no queden inactivos.
Reglas generales
Son admisibles en el proceso todos los medios de prueba que no sean contrarios a la moral y al
derecho, y en especial los siguientes:
I. Confesional
II. Documental
III. Testimonial
IV. Pericial
V. Inspección
VI. Presunciones
VII. Instrumental de actuaciones
VIII. Fotográficas