Page 14 - GUIA DE INFORMACION TRIBUTARIA (LEGAL)
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Base del impuesto. Es la cantidad monetaria sobre la que se determina el monto del
impuesto a cargo del contribuyente, la cual puede ser el valor total de los ingresos del
contribuyente o la utilidad o resultado fiscal que se obtienen de disminuir a los ingresos
percibidos las deducciones autorizadas en las
disposiciones fiscales.
Tasa o tarifa. Una vez que el contribuyente sujeto
del impuesto ha determinado la base del
impuesto, solamente le queda aplicar la tasa o
tarifa para conocer el impuesto a pagar.
La tasa es el porcentaje aplicable a la base del
impuesto para efectos de determinar el monto
del impuesto a pagar.
La tarifa se encuentra determinada progresivamente y varía conforme a la base gravable
de cada contribuyente, es decir, que es proporcional en relación con los ingresos
obtenidos. La tarifa del impuesto sobre la renta está contenida en los artículos 113, octavo
transitorio [subsidio para el empleo), y 177 de la ley respectiva.
Forma, medio y fecha de pago. Los contribuyentes presentaran sus declaraciones
utilizando las formas oficiales o formatos electrónicos oficiales, en las oficinas que al
efecto determine el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter
general.
Los medios de pago han sido tradicionalmente en efectivo o en cheque personal del
contribuyente. Actualmente, los medios de pago se han modernizado y se pueden
presentar vía Internet en el portal de las instituciones de crédito autorizadas para recibir
el pago de impuestos federales, o bien, a través del portal del SAT puede hacerse el envío
de la información correspondiente.
Las fechas de pago varían conforme a los regímenes fiscales en que se encuentre inscrito
el contribuyente, las cuales pueden ser mensuales, semestrales y anuales.
SUBSIDIO PARA EL EMPLEO.
El Subsidio para el Empleo (SE) sustituye al Crédito al Salario (CAS) y se considera como
un apoyo económico que el Estado concede a las personas físicas que obtienen ingresos
por salarios.
Sujetos. Tendrán derecho de obtener el Subsidio para el Empleo los contribuyentes
asalariados.
No podrán gozar del Subsidio para el Empleo los contribuyentes que perciban ingresos
por concepto de primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos por
separación.
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