Page 18 - GUIA DE INFORMACION TRIBUTARIA (LEGAL)
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  ¿QUÉ ES EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)?
                     El impuesto al valor agregado se aplica al consumo y está presente en todas las etapas de
                     la actividad económica y de la intermediación. Vale para los consumidores en todo el
                     territorio nacional, y grava los consumos o gastos que se efectúan por bienes o servicios
                     adquiridos en el país o en el extranjero.


                                                               Sujetos  del  impuesto.  Las  personas  físicas
                                                               las  personas  morales  que  en  territorio
                                                               nacional realicen los actos o actividades
                                                               siguientes:
                                                               a)  Enajenen bienes.
                                                               b)  Presten servicios independientes.
                                                               c)  Otorguen  el  uso  o  goce  temporal  de
                                                               bienes.
                                                               d)  Importen bienes o servicios.

                     Objeto  del  impuesto.  La  realización  en  territorio  nacional  delos  actos  o  actividades
                     mencionados anteriormente.

                     Base  del  impuesto.  En  las  enajenaciones,  la  base  del  impuesto  será  el  precio  o
                     contraprestación pactados, así como las cantidades que además se carguen o cobren al
                     adquirente  por  otros  impuestos,  derechos,  intereses  normales  o  moratorios,  penas
                     convencionales o cualquier otro concepto.

                     En la prestación de servicios la base del impuesto será el total de la contraprestación
                     pactada, así como las cantidades que además se carguen o cobren —a quien reciba el
                     servicio—  por  otros  impuestos,  derechos,  viáticos,  gastos  de  toda  clase,  reembolsos,
                     intereses normales o moratorios, penas
                     convencionales y cualquier otro concepto.
                     En  el  uso  o  goce  temporal  de  bienes  la  base  del  impuesto  será  el  valor  de  la
                     contraprestación pactada a favor de quien los otorga, así como las cantidades que además
                     se carguen o cobren —a quien se otorgue el uso o goce— por otros impuestos, derechos,
                     gastos de mantenimiento, construcciones, reembolsos, intereses normales o moratorios,
                     penas convencionales o cualquier otro concepto.

                     En importación de bienes tangibles la base del impuesto será el valor que se utilice para
                     los fines del impuesto general de importación, adicionado con el monto de este último
                     gravamen y de los demás que se tengan que pagar con motivo de la importación.

                     Tasa.  Una  vez  que  el  contribuyente  sujeto  del  impuesto  ha  determinado  la  base  del
                     impuesto, solamente le queda aplicar la tasa para conocer el impuesto a pagar.

                     La tasa es el porcentaje aplicable a la base del impuesto para efectos de determinar el
                     monto del impuesto a pagar.
                     Tasa general del 16%. Tasa del 11% en la región fronteriza. Tasa del 0% para ciertos actos
                     o actividades.



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