Page 9 - manual docente
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  El principio de justicia       : la justicia y la profesión docente, es hacer que los

               educadores se vean como unos profesionales de la educación y como
               profesionales deben hacer bien su labor, a pesar de los paradigmas y

               cuestiones que es una labor mal remunerada y poco reconocida, es
               decir ser profesionales excelentes generadores de un producto final de
               excelencia, un ciudadano integral y comprometido con el desarrollo de

               su entorno.



        Según la Ley 1098 de 2006 Código de infancia y adolescencia:



              Artículo 1   . se les debe garantizar a los niños, a las niñas y a los

               adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el
               seno de la familia y de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y
               comprensión. Prevalecerá el reconocimiento a la igualdad y la dignidad

               humana, sin discriminación alguna.


               Según lo anterior los docentes deben dar al cumplimiento de este
               artículo ya que el tiempo que ellos permanecen con los niños es mayor,
               por lo tanto se debe generar un espacio donde se sientan a gusto.




              Artículo 8.     Interés superior de los niños, las niñas y los adolescentes. Se
               entiende por interés superior del niño, niña y adolescente, el imperativo

               que obliga a todas las personas a garantizar la satisfacción integral y
               simultánea de todos sus Derechos Humanos, que son universales,
               prevalentes e interdependientes.


               Se puede resaltar que el docentes debe garantizar que hay un interés

               por cada niño y niña que se encuentre en  su aula de clase y así mismo se
               dé el respeto y cumplimiento de sus derechos humanos.



              Artículo 28.     Derecho a la educación. Los niños, las niñas y los

               adolescentes tienen derecho a una educación de calidad. Esta será
               obligatoria por parte del Estado en un año de preescolar y nueve de



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