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X. Conocer de cualquier asunto licenciatura como previa la propuesta
que no sea de la
mínimo. del Consejo Académico Departa-
competencia de alguna otra autori- mental y al
dad de la ARTICULO 21° El cargo de rector
será incompatible Personal Técnico y administrativo de
Universidad; y con cualquier otro de elección la
XI. Aprobar, en su caso, el infor- popular o de carácter Universidad, de acuerdo con las
me anual de labores disposiciones de
gobernativo. Sólo podrá impartir
rendido por el rector. hasta dos cátedras, esta ley, del Estatuto General y de
los
ARTICULO 19° El rector de la siempre que éstas no sean remu-
Universidad será neradas. Reglamentos correspondientes.
autoridad ejecutiva máxima y el ARTICULO 22° El Rector será V. Presidir el Consejo Universitario y
representante legal del sustituido en sus faltas sus
consejo universitario. Durará en temporales no mayores de dos Comisiones y, cuando lo considere
su cargo cuatro años y meses por el Secretario oportuno,
podrá ser reelecto por una sola Académico y, si éste faltare, por el presidir asimismo las reuniones de
vez pero no en el Decano de la los cuerpos
periodo inmediato. institución. Si la ausencia excediera asesores, del patronato los trabajos y
de dicho plazo, el
ARTICULO 20° Para ser rector se discusiones de las divisiones y las
requiere: Consejo Universitario procederá a reuniones de
la designación del
I. Ser ciudadano mexicano por los departamentos.
nacimiento. rector. ARTICULO 23° Serán VI. Aplicar las medidas disciplinarias
facultades y obligaciones del
II. Ser mayor de 35 años de edad y y las sanciones
menor de 65 el día Rector: que sean procedentes al personal
de la elección. I. Cumplir y hacer cumplir las académico y a
disposiciones de esta
II. Poseer título profesional en los empleados, en los términos de
grado de licenciatura, ley y las reglamentarias de la Uni- esta ley y
versidad.
como mínimo, y estatuto.
II. Proponer por ternas ante el
V. Haberse distinguido en su espe- Consejo Universitario VII. Se deroga
cialidad; prestar
la designación de los coordinado- VIII. Ejercer el presupuesto general
servicios docentes o de investiga- res de divisiones de la Universidad,
ción en alguna
y de los directores de los departa- una vez aprobado en los términos de
división o departamento, cuando mentos esta ley.
menos con cuatro IX. Rendir anualmente al consejo
años de antigüedad; haber demos- académicos. universitario
trado interés en III. Designar, con la aprobación del informe de las actividades desarrolla-
Consejo
los asuntos educativos y gozar de das en al
la estimación Universitario, a los Secretarios de año inmediato anterior y presentar
la Universidad,
social general como persona ho- el programa
norable y de quienes deberán poseer título en general de trabajo para el año si-
grado de
reconocido prestigio. Excepcional- guiente.
mente, ser un licenciatura y tener 4 años, como X. Promover y estimular a los fun-
mínimo, de
ciudadano tlaxcalteca distinguido cionarios de la
en las ciencias, las antigüedad como miembros de la universidad.
letras, las artes, la técnica o la comunidad
cultura nacionales y universitaria. XI. Nombrar provisionalmente en su
caso, al
con título profesional en grado de IV. Nombrar el personal docente,