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                                       X. Conocer de cualquier asunto   licenciatura como   previa la propuesta
                                       que no sea de la
                                                                mínimo.                  del Consejo Académico Departa-
                                       competencia de alguna otra autori-                mental y al
                                       dad de la                ARTICULO 21° El cargo de rector
                                                                será incompatible        Personal Técnico y administrativo de
                                       Universidad; y           con cualquier otro de elección   la
                                       XI. Aprobar, en su caso, el infor-  popular o de carácter   Universidad, de acuerdo con las
                                       me anual de labores                               disposiciones de
                                                                gobernativo. Sólo podrá impartir
                                       rendido por el rector.     hasta dos cátedras,    esta ley, del Estatuto General y de
                                                                                         los
                                       ARTICULO 19° El rector de la   siempre que éstas no sean remu-
                                       Universidad será         neradas.                 Reglamentos correspondientes.
                                       autoridad ejecutiva máxima y el   ARTICULO 22° El Rector será   V. Presidir el Consejo Universitario y
                                       representante legal del   sustituido en sus faltas   sus
                                       consejo universitario. Durará en   temporales no mayores de dos   Comisiones y, cuando lo considere
                                       su cargo cuatro años y   meses por el Secretario   oportuno,
                                       podrá ser reelecto por una sola   Académico y, si éste faltare, por el   presidir asimismo las reuniones de
                                       vez pero no en el        Decano de la             los cuerpos
                                       periodo inmediato.       institución. Si la ausencia excediera   asesores, del patronato los trabajos y
                                                                de dicho plazo, el
                                       ARTICULO 20° Para ser rector se                   discusiones de las divisiones y las
                                       requiere:                Consejo Universitario procederá a   reuniones de
                                                                la designación del
                                       I. Ser ciudadano mexicano por                     los departamentos.
                                       nacimiento.              rector.  ARTICULO 23° Serán   VI. Aplicar las medidas disciplinarias
                                                                facultades y obligaciones del
                                       II. Ser mayor de 35 años de edad y                y las sanciones
                                       menor de 65 el día       Rector:                  que sean procedentes al personal
                                       de la elección.          I. Cumplir y hacer cumplir las   académico y a
                                                                disposiciones de esta
                                       II. Poseer título profesional en                  los empleados, en los términos de
                                       grado de licenciatura,    ley y las reglamentarias de la Uni-  esta ley y
                                                                versidad.
                                       como mínimo, y                                    estatuto.
                                                                II. Proponer por ternas ante el
                                       V. Haberse distinguido en su espe-  Consejo Universitario   VII. Se deroga
                                       cialidad; prestar
                                                                la designación de los coordinado-  VIII. Ejercer el presupuesto general
                                       servicios docentes o de investiga-  res de divisiones   de la Universidad,
                                       ción en alguna
                                                                y de los directores de los departa-  una vez aprobado en los términos de
                                       división o departamento, cuando   mentos          esta ley.
                                       menos con cuatro                                  IX. Rendir anualmente al consejo
                                       años de antigüedad; haber demos-  académicos.     universitario
                                       trado interés en         III. Designar, con la aprobación del   informe de las actividades desarrolla-
                                                                Consejo
                                       los asuntos educativos y gozar de                 das en al
                                       la estimación            Universitario, a los Secretarios de   año inmediato anterior y presentar
                                                                la Universidad,
                                       social general como persona ho-                   el programa
                                       norable y de             quienes deberán poseer título en   general de trabajo para el año si-
                                                                grado de
                                       reconocido prestigio. Excepcional-                guiente.
                                       mente, ser un            licenciatura y tener 4 años, como   X. Promover y estimular a los fun-
                                                                mínimo, de
                                       ciudadano tlaxcalteca distinguido                 cionarios de la
                                       en las ciencias, las     antigüedad como miembros de la   universidad.
                                       letras, las artes, la técnica o la   comunidad
                                       cultura nacionales y     universitaria.           XI. Nombrar provisionalmente en su
                                                                                         caso, al
                                       con título profesional en grado de   IV. Nombrar el personal docente,
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