Page 22 - INFORME TECNICO PROPUESTA AGRIPAC S.A.
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INFORME TÉCNICO No. MPCEIP-SUBACUA-DGA-138-2020
30 DE AGOSTO DE 2020
aplicación del Sistema de Franja de Precios exclusivamente para productos que no
contengan maíz y/o subproductos de maíz y que sirvan como alimento iniciador obtenidos
mediante microextrusión o aglomerado para camarones con peso de hasta 2 gramos.”
Dicha modificación no afecta negativamente a la balanza comercial puesto que no se
impide la importación de productos de insumos que contribuye al desarrollo en la etapa de
crecimiento del camarón.
9. CONCLUSIONES
AGRIPAC S.A. con RUC 0990006687001, es una empresa ecuatoriana líder en la
elaboración y comercialización de agroquímicos. Referente nacional dentro del sector
agropecuario, fue fundada hace 47 años con el objetivo de abastecer al mercado nacional
con productos necesarios para un correcto manejo de cultivos como: abonos, fertilizantes,
insecticidas, entre otros.
La Subsecretaria de Acuacultura en el 2013 le otorga el Acuerdo Ministerial para el
ejercicio de la actividad acuícola y en el 2018 le otorga el Acuerdo de ampliación de
actividad conexa de importación y distribución de productos de uso acuícola.
AGRIPAC S.A. realizó una consulta de clasificación arancelaria al Servicio Nacional
Aduana del Ecuador SENAE para realizar una correcta importación de un nuevo tipo de
alimento para larvas de camarón conocido como VITELLUS y comercialmente bajo el
nombre de VITELLUS ARTEMIA CYSTS.
El Servicio Nacional Aduana del Ecuador – SENAE se pronunció, mediante Oficio Nro.
SENAE-SGN-2018-0295-OF de fecha 30 de noviembre de 2018, donde determinó que el
VITELLUS es un alimento completo para larvas de camarón y que corresponde su
clasificación bajo la partida arancelaria: 2309.90.90.13 - - - - Para uso acuícola cuya
partícula tenga una dimensión de hasta 1.200 micras de diámetro.
La Compañía AGRIPAC S.A remite a las autoridades del Ministerio de Producción
Comercio Exterior Inversiones y Pesca, mediante Memorando Nro. MPCEIP-DA-2019-
3452-E de fecha 22 de agosto de 2019 para obtener una exclusión del cobro de la medida
aplicada por la Decisión 371 del Sistema Andino de Franjas de Precio para la importación
al país de un producto denominado VITELLUS, mismo que forma parte de la dieta de los
camarones en su primera fase de crecimiento y mismo que no contiene ningún producto
marcador.
Mediante Memorando MPCEIP-CCOMEX-2019-0048-M de fecha 11 de septiembre de
2019; suscrita por la Secretaria Técnica del Comité de Comercio Exterior (COMEX),
solicita al Subsecretario de Acuacultura, “se sirva disponer a quien corresponda, el
respectivo análisis: y, de considerarlo pertinente, se elabore un informe técnico que de ser
el caso, será conocido por el Pleno COMEX.
Mediante Memorando Nro. MPCEIP- -SUBACUA-2020-2320-M de fecha 20 de mayo de
2020, el Tlgo. Oscar Granja Cartwright en calidad de DIRECTOR DE GESTIÓN
ACUÍCOLA, emite el pronunciamiento del ente rector en materia acuícola para la
propuesta de modificación de la observación del Código Arancelario 2309.90.90.13 --Para
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