Page 23 - INFORME TECNICO PROPUESTA AGRIPAC S.A.
P. 23

INFORME TÉCNICO No. MPCEIP-SUBACUA-DGA-138-2020
                                                                                                        30 DE AGOSTO DE 2020
                     Uso Acuícola cuya  partícula  tenga  una dimensión  de hasta  1.200  micras  de  diámetro,
                     solicitado por la empresa Agripac S.A

                     Anotando que dicho informe se realiza con el propósito de que en el mercado local puedan
                     ofrecer  un  alimento  para  la  etapa  del  crecimiento  del  camarón,  garantizando  de  esta
                     manera la sostenibilidad  del sector y se encuentra alineado con los objetivos del  Plan
                     Nacional de Desarrollo.

                     Indicando  además  el  producto  a  importarse  por  la  empresa  Agripac  S.A.  denominado
                     Vitellus para ser utilizado como alimento para la etapa de crecimiento del camarón, son
                     necesarios para aportar a la etapa de desarrollo del camarón.


                     10. Opinión del Consejo Consultivo

                      No aplica

                     11. Pronunciamiento del Comité Interinstitucional

                     No existe pronunciamiento del Comité Técnico Interinstitucional


                     12. Recomendación

                     Se recomienda al Comité Técnico Interinstitucional (CTI) del COMEX, aprobar el
                     presente informe técnico y realizar las acciones pertinentes para la MODIFICACIÓN
                     DE LA OBSERVACIÓN INCLUYENDO LA PALABRA AGLOMERADO DEL CÓDIGO
                     ARANCELARIO 2309.90.90.13 --- PARA USO ACUÍCOLA CUYA PARTÍCULA TENGA
                     UNA DIMENSIÓN DE HASTA 1.200 MICRAS DE DIÁMETRO solicitada por la empresa
                     AGRIPAC  S.A.  con  RUC  0990006687001,  para  la  importación  del  producto
                     VITELLUS ARTEMIA CYSTS  que realice dicha empresa por si misma o a través
                     de  las  personas  naturales  o  jurídicas  que  ésta  contrate  para  el  efecto  de
                     conformidad con el siguientes detalle:

                     En virtud de la información técnica presentada en este informe, y a lo establecido en el Art.
                     72 del COPCI y Art. 16 del Reglamento de Aplicación del Libro IV del COPCI, la empresa
                     AGRIPAC  S.A.,  solicita  las  instituciones  miembros  del  Comité  de  Comercio  Exterior
                     vinculadas al sector acuícola nacional inicien el proceso formal que permita modificar la
                     observación  del  código  arancelario  2309.90.90.13  ----Para  uso  acuícola  cuya  partícula
                     tenga una dimensión de hasta 1.200 micras de diámetro, al tenor de lo siguiente:

                     Donde dice:
                                    Designación      de      la     Tarifa
                      Código                                    UF              Observaciones
                                    Mercancía                       Arancelaria
                      2309.90.90    - - Las demás:
                                    -  -  -  Para  animales  criados

                                    para alimentación humana:
                                    -  -  -  -  Para  uso  acuícola  en         Suspensión   de   la
                      2309.90.90.11                             Kg  0
                                    forma de hojuelas                           aplicación       del
                                                                                             pág. 23
   18   19   20   21   22   23   24   25   26   27