Page 18 - MANUAL DEL SISTEMA DE GESTIÓN_ATSP
P. 18
DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE NAVEGACIÓN AÉREA
Código: DSNA-MA-001
MANUAL DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD OPERACIONAL Versión: 1.0
(SMSM) DEL ATSP
Página 18 de 72
5.4.3 Las funciones del Especialista SMS-ATSP comprenden, pero sin limitarse a ellas, las siguientes:
a) Administrar el Plan de implantación del SMS en nombre de la CTSA y DSNA.
b) Gestionar o realizar la identificación de peligros y la evaluación de gestión de riesgos.
c) Supervisar las medidas correctivas de mitigación y evaluar sus resultados.
d) En nombre de la DSNA, desarrollar indicadores de seguridad operacional sobre la provisión de
los ATS.
e) Mantener registros y documentación SMS.
f) Planificar y gestionar la instrucción del personal de Oficiales SMS y demás que se considere
pertinente.
g) Planificar y gestionar auditorías internas de seguridad operacional para los ATS.
h) Proporcionar asesoramiento independiente sobre asuntos del sistema de gestión de la seguridad
operacional en la provisión del servicio.
i) Evaluar el impacto de problemas de seguridad operacional de la industria de la aviación y su
impacto en la prestación de servicios.
j) En coordinación con la CTSA y DSNA, comunicarse o coordinar con la autoridad de vigilancia del
Estado y otras agencias estatales según corresponda, para tratar sobre las actividades
inherentes a la gestión de la seguridad operacional en la provisión del servicio.
k) De ser pertinente y en nombre de la CTSA, comunicarse o coordinar con agencias,
organizaciones u oficinas internacionales, para tratar sobre las actividades inherentes al SMS.
5.4.4 La identificación del área física de trabajo asignada para el cumplimiento de las actividades SMS-
ATSP, se denominará “Oficina del Servicios de Seguridad Operacional - SMS” (OSS-SMS).
5.4.5 Los entregables de la OSS-SMS son:
Plan de implementación del sistema de seguridad operacional de los servicios de tránsito aéreo.
Plan de auditoría de seguridad operacional de tránsito aéreo.
Informe de indicadores de gestión de seguridad operacional de los servicios de tránsito aéreo
Evaluaciones de seguridad operacional de los servicios de navegación aérea.
5.4.6 En circunstancias cotidianas, el Especialista SMS-ATSP tendrá acceso a la CTSA o se comunicarán
con la misma, mediante la DSNA o el Comité de Seguridad Operacional. En circunstancias excepcionales
o urgentes, la DSNA o el Especialista SMS-ATSP tendrán acceso prioritario a la CTSA.
5.4.7 Para cumplimiento de los fines del SMS, el Especialista SMS-ATSP tendrá libertad de movimiento
dentro de las áreas operativas para evaluar, preguntar y observar, además, será accesible para quienes
deseen comunicarle asuntos inherentes a la seguridad operacional.
5.4.8 Puesto que la fuente principal de información sobre seguridad operacional es el personal operativo
responsable de la provisión de los servicios, el Especialista SMS-ATSP podrá comunicarse directamente
con dicho personal.
5.4.9 En consideración al tamaño y complejidad de las dependencias, los Oficiales SMS contarán con el
apoyo de personal ATS o de otras gestiones de los SNA, para la gestión de problemas de seguridad
operacional que afecten a la provisión del servicio en un área determinada.
______________________________________________________________________________________________
Elaborado por: | Dirección de Servicios de Navegación Aérea