Page 22 - MANUAL DEL SISTEMA DE GESTIÓN_ATSP
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DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE NAVEGACIÓN AÉREA

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                                        MANUAL DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD OPERACIONAL   Versión: 1.0
                                                        (SMSM) DEL ATSP
                                                                                       Página 22 de 72

                   c)  Evaluar el impacto de los cambios operacionales en la seguridad del servicio.
                   d)  Coordinar la implantación de planes de medidas correctivas y convocar a reuniones o sesiones
                      de  información,  según  corresponda,  para  asegurar  que  todo  el  personal  cuente  con  la
                      oportunidad para participar en la gestión de la seguridad operacional.
                   e)  Asegurar que las medidas correctivas se adoptan en forma oportuna.
                   f)  Examinar la efectividad de las recomendaciones de seguridad anteriores.
                   g)  Examinar los informes de inspecciones internas de la seguridad operacional y adoptar medidas
                      para satisfacer las recomendaciones de seguridad operacional.
                   h)  Supervisar  la  promoción  de  la  seguridad  operacional  y  asegurar  que  se  imparte  al  personal
                      instrucción apropiada en seguridad operacional, emergencias y técnicas para satisfacer o superar
                      los requisitos normativos mínimos.

               5.7.8   El CSO acorde a las competencias de cada Gestión, debe tomar decisiones sobre la tolerabilidad
               de riesgos de seguridad operacional que afectan al ATSP o a la DSNA y asume la responsabilidad de
               gestionar el control los riesgos de seguridad operacional, así como, de las consecuencias del suceso o
               condición  insegura  detectada,  sin  embargo,  en  los  casos  en  que  la  gestión  del  control  de  los  riesgos
               exceda la capacidad y competencias de la DSNA, dicha gestión se elevará al Ejecutivo responsable para
               la gestión final del caso.

               5.7.9   Las reuniones del CSO cumplirán el siguiente esquema:

                 5.7.9.1     Orden del día:
                       a)  Todos  los  miembros  del  CSO  tienen  la  oportunidad  de  proponer  temas  posibles  para  el
                          orden  del día. El  Responsable SMS-ATSP, como relator de la reunión, debe  armonizar  el
                          orden del  día con  el presidente  y proporcionar los textos necesarios para cada tema. Los
                          temas que requieren decisiones y medidas tienen prioridad sobre los temas permanentes de
                          información.

                 5.7.9.2     Actas:
                       a)  El Especialista SMS, en su carácter de relator de la reunión, prepara los proyectos de actas
                          inmediatamente  después  de  la  reunión.  Una  vez  que  el  presidente  ha  firmado  las  actas,
                          estas pasan a ser un documento de decisiones.
                       b)  Las actas deben distribuirse en los días laborales siguientes a la reunión, mientras quienes
                          son responsables de las decisiones recuerdan su compromiso.
                       c)  Las  copias  de  las  actas,  o  resúmenes  de  ellas  aprobados  por  la  DSNA,  deben  hacerse
                          conocer  a  toda  la  organización,  tanto  al  personal  operativo  como  al  personal  directivo,  a
                          través de los medios formales de comunicación implementados por la DSNA.

                 5.7.9.3     Seguimiento:
                       a)  Después de la reunión, otras prioridades o preocupaciones pueden acaparar la atención de
                          aquellos  a  quienes  están  dirigidas  las  decisiones.  El  Especialista  SMS  debe  observar
                          discretamente  que  las  medidas  se  toman  (o  que  no  se  toman)  y  examinar  el  progreso
                          realizado con quienes están dedicados a la acción.

               5.7.10  El  CSO,  según  las  necesidades  de  la  DSNA  se  reunirá  de  forma  regular  al  menos  cada  dos
               meses, a menos que circunstancias excepcionales requieran de una reunión emergente.

               5.7.11  El Especialista SMS-ATSP coordinará las actividades de reunión del CSO.

               5.7.12  El  CSO  delegará  a  las  personas  que  participarán  en  representación  de  la  DSNA  ante  otros
               grupos  o  comités  de  seguridad  operacional,  acorde  a  los  lineamientos  que  el  Programa  Estatal  de
               Seguridad del Estado (SSP) establezca para tales casos.

               5.8.  COMITÉ DE CALIDAD DEL SERVICIO Y DESARROLLO INSTITUCIONAL DE LA DGAC.

               5.8.1   La DGAC  ha establecido  con  el carácter de permanente,  el Comité de Gestión de Calidad  del
               Servicio  y Desarrollo Institucional, asignándole la responsabilidad de proponer, monitorear  y  evaluar la
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               Elaborado por: | Dirección de Servicios de Navegación Aérea
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