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DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE NAVEGACIÓN AÉREA
Código: DSNA-MA-001
MANUAL DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD OPERACIONAL Versión: 1.0
(SMSM) DEL ATSP
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c) ser objeto de ensayos periódicos por medio de ejercicios; y
d) ser actualizado cuando cambian las circunstancias.
6.1.7 De acuerdo a la ubicación de la dependencia o aeropuerto, El ATSP elaborará planes de respuesta
en base a los criterios descritos. Para ser compatibles, estos planes deberán ser coordinados con el área
de administración de operaciones de aeropuerto, dependencias ATC y líneas aéreas. Dicha coordinación
debe implementarse mediante cartas de acuerdo o, mediante la inclusión de la información pertinente en
la Publicación de Información Aeronáutica (AIP), para lograr una divulgación general dirigida a las líneas
aéreas con las que no se pueda implementar cartas de acuerdo.
6.1.8 Para cumplimiento de lo anterior, se identificará las entidades externas que interactuarán con las
Dependencias ATS durante situaciones de emergencias con la finalidad de:
a) Evaluar sus respectivos ERP.
b) Establecer coordinación entre los diferentes ERP.
c) Incorporar los procedimientos de coordinación entre diferentes ERP en el Manual del sistema de
gestión de la seguridad operacional (SMSM).
6.2. FICHAS DE ACTUACIÓN DE LOS ATS EN LOS ERP DE AERÓDROMOS CONTROLADOS.
6.2.1 En la RDAC parte 153 se dispone que, en un aeródromo debe establecer un plan de emergencia
que guarde relación con las operaciones de las aeronaves y demás actividades que se realicen en dicho
aeropuerto.
6.2.2 El plan de emergencia del aeródromo debe prever la coordinación de las actividades a
desarrollarse en una emergencia que ocurra en el aeródromo o en sus inmediaciones.
6.2.3 Para agilitar la capacidad de repuesta inicial ATS ante un accidente grave de aviación, se
implementarán listas de verificación.
6.2.4 Las fichas de actuación de los ATS de un aeródromo deben ser congruentes con el plan de
emergencia de ese aeródromo.
6.2.5 Estas listas de verificación deben formar parte integrante de los manuales de operaciones o de los
planes de respuesta ante emergencias del ATSP. Para ser eficaces, las listas de verificación deben ser
regularmente:
a) Examinadas y actualizadas (p. ej., vigencia de las listas de llamada y detalles de las
coordinaciones).
b) Puestas a prueba por medio de ejercicios realistas.
6.2.6 Los Oficiales SMS verificarán periódicamente que las Fichas de actuación (Listas de verificación)
de cada dependencia ATC, y que están incluidas en los procedimientos de cada aeródromo, que están
actualizadas; y que los procedimientos se ajustan a las condiciones operacionales actuales y a las
características tecnológicas y organizativas actuales de las dependencias ATS. Además, verificarán que
contengan procedimientos específicos que describan el retorno a las operaciones normales, luego del
cese de la emergencia.
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Elaborado por: | Dirección de Servicios de Navegación Aérea