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DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE NAVEGACIÓN AÉREA
Código: DSNA-MA-001
MANUAL DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD OPERACIONAL Versión: 1.0
(SMSM) DEL ATSP
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CAPITULO 15 - ACTIVIDADES CONTRATADAS
15.1 DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES CONTRATADAS O CONVENIDAS
15.1.1 La DGAC, la CTSA y la DSNA, dentro de la continuidad de gestión para la prestación de
servicios, sostienen relaciones con otras organizaciones de aviación, tales como organizaciones
proveedoras de productos de aviación, (tecnología, instrucción, etc.), organizaciones administradoras de
instalaciones aeroportuarias, autoridades civiles y militares, otros proveedores ATS; y organizaciones
externas al sistema de la aviación civil (empresas constructoras o de mantenimiento, etc.).
15.1.2 A su vez, las organizaciones administradoras de instalaciones aeroportuarias tienen, en
ocasiones, actividades contratadas con organizaciones externas al sistema de aviación civil, como
pueden ser empresas constructoras que provocan la presencia de personas y equipos en las áreas de
movimiento de los aeródromos, o en las edificaciones ocupadas por las dependencias ATS.
15.2 ACCIONES PARA GARANTIZAR LA SEGURIDAD OPERACIONAL
15.2.1 La garantía de la seguridad operacional conlleva a la realización de acciones dirigidas a
garantizar que, las actividades productivas contratadas o convenidas, NO afecten las operaciones y
servicios provistos. Estas acciones están dirigidas fundamentalmente a:
15.2.1.1 La capacitación y aleccionamiento del personal ajeno a la aviación en las cuestiones de
seguridad operacional, antes de ejecutar cualquier labor en las áreas de movimiento o en las
dependencias ATS.
15.2.1.2 La conciliación y/o consulta previa a la ejecución de cualquier labor en las áreas de movimiento
o en las dependencias ATS, con las autoridades de la DSNA, para que participen directamente en la
preparación de la actividad.
15.2.1.3 La conciliación y/o consulta previa a la ejecución de cualquier actividad aérea dentro de la FIR
de Ecuador por parte de entidades civiles o militares, con las autoridades de la DGAC, para que
participen directamente en la preparación de la misma.
15.2.1.4 Cumplimiento estricto de todas las normas y procedimientos de seguridad operacional
establecidos para el desempeño del ATSP.
15.2.1.5 El monitoreo constante de la actividad en cuestión.
15.2.2 Estas acciones, y las interacciones en general con cada organización, deben ser documentadas a
través de convenios de cooperación y/o procesos de contratación en los cuales se establezca y garantice
el cumplimiento de los requisitos de seguridad operacional establecidos para el ATSP.
15.2.3 En el caso de productos o servicios contratados, subcontratados o adquiridos; que cumplan las
normas y requisitos para la identificación de peligros y gestión de riesgos de seguridad operacional
establecidos para el ATSP y, que satisfagan el nivel de eficacia de la seguridad operacional de la DGAC.
15.2.4 Estos requisitos estarán descritos en la documentación de licitación, y serán notificados por escrito
a contratistas y subcontratistas.
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Fin del Documento SMSM
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Elaborado por: | Dirección de Servicios de Navegación Aérea