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                  40.  El  o  La  estudiante  tienen  derecho  a  expresar  libre,

                  respetuosa  y  oportunamente  las  inquietudes  y  plantear  los

                  problemas que se tengan.


                  41.  El  o  La  estudiante  tienen  derecho  a  definir  su  elección

                  profesional  y  requerir  énfasis  en  los  temas  inherentes  a  su

                  elección.



                  42. El o La estudiante tienen derecho a asumir e interiorizar, la

                  identidad de la Educación recibida en el: “INSTITUTO PARA

                  EL         DESARROLLO                   DE         LAS          INTELIGENCIAS

                  MÚLTIPLES”, RIOHACHA,  GUAJIRA;  como  apoyo  para  su

                  carrera profesional, si así lo elige y lo desea.



                  PARÁGRAFO. Ante  los  casos  de  educandos, con  dificultad de incorporarse al
                  entorno  educativo,  y  que  a  través  de  situaciones  disciplinarias  y
                  comportamentales irregulares y negativas, que constituyan situaciones tipo III, y
                  que  afecten  negativamente, la  convivencia  de  la  Comunidad,  se  constituye  en
                  tarea de las directivas docentes, activar la ruta de atención, activar el debido
                  proceso,  y  de  llegar  a  ser  necesario  según  cada  caso  particular,  poner  en
                  conocimiento  los  hechos  ante  la  autoridad  competente  para  garantizarles  el
                  cumplimiento y protección de sus derechos, (Articulo 26 de la Ley de Infancia y
                  Adolescencia 1098 de 2006).


















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