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27. Hacer aportes de carácter administrativo y/o
pedagógico a partir de su profesión u oficio. Artículo 2
numeral f, decreto 1286 del 27 abril de 2005.
28. Ser escuchado al exponer respetuosamente su punto
de vista crítico sobre acciones o procesos del aula o de
nuestra institución. Artículo 39 numeral 2 de ley 1098 de
2006.
29. Recibir respuestas respetuosas a sus inquietudes.
Artículo 2 numeral d, del decreto 1286 de 2005.
30. Representar a la institución en eventos especiales.
31. Participar en forma activa en la construcción y puesta
en marcha del Proyecto Educativo Institucional (PE.I.). Art
39 numeral 2 Ley 1098 de 2006, Articulo 2 numeral d del
decreto 1286 del 2005.
32. Recibir trato respetuoso, amable y cordial de los
diferentes estamentos de nuestra institución educativa.
33. Recibir orientación y capacitación para obtener
elementos y herramientas, que le permitan brindar una
mejor formación a sus hijos e hijas, para mejorar su
entorno familiar. Art. 38 numeral 16 de ley 1098 de 2006.
34. Conocer oportunamente el Cronograma de las
actividades de nuestra Institución Educativa.
35. Dirigirse a los estamentos de nuestra institución
educativa, con respeto y conocimiento de causa.
ARTICULO 10. ESCUELA DE PADRES
ESCUELA DE PADRES.
Inteligencias Múltiples